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Solicitan al TEEM analizar actos anticipados de campaña de Delfina Gómez

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La gobernadora electa del Edomex, Delfina Gómez en imagen de archivo. Foto Luis Castillo
21 de junio de 2023 19:37

Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) solicitó a su par en el estado de México emitir una nueva resolución sobre la posible acreditación de actos de campaña anticipados por parte de la ahora gobernadora virtual electa, Delfina Gómez, y otros militantes y dirigentes de Morena, en un acto realizado el 14 de enero pasado en Toluca, en el contexto del proceso electoral de la entidad.

Indicó que en su anterior resolución, en la que estableció la inexistencia de esta infracción, omitió analizar que el evento se realizó en un lugar abierto, frente a más de 4 mil personas que no eran únicamente militantes de Morena y que fue ampliamente difundido.

En sesión pública, los magistrados pidieron que también se determine la responsabilidad de Mario Delgado, dirigente nacional de Morena; así como de Horacio Duarte Olivares, Oscar González Yáñez, Higinio Martínez Miranda y José Alberto Couttolenc Buentello, al igual que a los partidos guinda, del Trabajo y Verde, “individualice e imponga la sanción que corresponda”.

Asimismo, ordenar que se dé vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral a efecto de que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho proceda respecto de la cuantificación de los gastos para efectos del tope de gastos que corresponda.

Al discutir el proyecto a cargo de la magistrada Janine Otálora, que fue aprobado por una mayoría de cinco, con el voto en contra de Felipe Fuentes Barrera, quien emitió uno particular, éste último argumentó que fueron correctas las expresiones y razonamientos formulados por el Tribunal Electoral local para determinar que los pronunciamientos del evento de ese día no trascendieron al conocimiento de la ciudadanía y del acta circunstanciada que obra en el expediente, se advierte que los asistentes en su mayoría eran militantes y simpatizantes de Morena.

Manifestó su preocupación porque “el análisis de este tipo de casos incentive la creación de espacios de censura previa y prohíba indiscriminadamente la realización de actos de precampaña en espacios públicos en detrimento de la libertad de información que debe poseer la ciudadanía”.

Otálora reiteró que el Tribunal local debió analizar “la trascendencia, el alcance o impacto que la realización del evento en cuestión en un lugar público abierto pudo tener respecto de la ciudadanía”.

Asimismo, en la sesión los magistrados confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México -impugnada por Morena-, que declaró la inexistencia de las infracciones consistentes en actos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos atribuidos a Alejandra del Moral por la apropiación de las palabras “valiente” y “valentía”, utilizadas en diversos eventos de promoción del programa social Salario Rosa, cuando la entonces candidata era secretaria de Desarrollo Social.

Igualmente, se confirmó la resolución del tribunal local que declaró inexistente la infracción relacionada con el uso indebido de programas sociales derivado de la difusión de un spot de radio en favor de la entonces candidata a la gubernatura del Estado de México, así como de la coalición “Va por el Estado de México”.

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