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Padre de Mauricio Tabe seguirá vinculado a proceso

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Una taquería Don Eraki en imagen de archivo. Foto Roberto García Ortiz
13 de junio de 2023 19:57

Daniel Tabe, padre del alcalde de Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe Echartea, continuará vinculado a proceso. Un juez de distrito le negó el amparo contra la prisión preventiva que se dictó en su contra por el delito de tentativa de homicidio calificado en grado de tentativa, luego de que el 27 de septiembre de 2022 amenazó con un cuchillo a un verificador del INVEA.

Sin embargo, impugnó el fallo a través de un recurso de revisión. El caso se turnó a un tribunal colegiado, quien resolverá si confirma, modifica o revoca la resolución de primera instancia.

El juez consideró infundados los agravios formulados por el equipo de abogados del quejoso, quienes argumentaron que el cuchillo era de utilería.

El impartidor de justicia determinó que el auto de vinculación a proceso se encuentra debidamente fundado y motivado, por lo que no se vulneraron los derechos de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso y presunción de inocencia, además de que sus abogados aceptaron que ocurrieron los hechos y que participó en los mismos.

Resolvió que la prisión preventiva oficiosa se encuentra apegada al marco legal, toda vez que los hechos delictivos se cometieron con medios violentos y suponiendo sin conceder, que el cuchillo era de utilería, su utilización cumplió la finalidad de intimidar a la víctima.

“Aun suponiendo sin conceder, que el cuchillo que fue utilizado en la realización de los hechos ocurridos el 27 de septiembre de 2022 como lo refirió la defensa era de utilería, al respecto los Tribunales Colegiados han establecido que cuando se amague o amenace a una persona con un mal grave, presente e inminente, capaz de intimidarlo, de manera que si en autos se probó que al momento de verificarse el delito, el acusado amagó con una pistola al ofendido, (en este caso cuchillo), y a la postre resultó pericialmente que dicho artefacto era de material plástico, o sea, de juguete”.

Por ello, el juez agregó que es indudable que su utilización cumplió la finalidad pretendida por el activo, pues resulta innegable que en esos instantes, ante el temor de un mal grave, presente e inminente, el ofendido resultó intimidado, por lo que se acredita que el delito fue cometido con medios violentos, por lo que en el caso, resulta legal la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por haber realizado el delito con medios violentos con un arma, como en el caso se trató de un cuchillo.

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