La Fiscalía General de la República (FGR) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF) apelaron el fallo de un juez de control, quien decretó la no vinculación a proceso a favor de Enrique González Tiburcio, exsubsecretario de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades relacionado con el caso de la Estafa Maestra.
Según las investigaciones judiciales, González Tiburcio está acusado por supuestos malos manejos relacionados con un convenio general de colaboración que firmó con la Universidad Indigenista de México del Estado de Sinaloa, así como por un convenio específico suscrito por Aída Marina Arvizu Rivas, entonces directora general adjunta para la Igualdad de Género.
No obstante, Juan José Hernández Leyva, juez de control con residencia en el Reclusorio Sur, dictó la no vinculación a proceso, toda vez que un peritaje presentado por la defensa del ex funcionario, determinó que las firmas plasmadas en los convenios fueron falsificadas.
Con la determinación del impartidor de justicia, González Tiburcio libró el quinto intento de la FGR por abrir un proceso penal en su contra. Los recursos de la FGR y la ASF fueron admitidos a trámite por un Tribunal Colegiado de Apelación, que determinó no suspender la ejecución de la resolución judicial impugnada.
“Se admiten los recursos de apelación interpuestos por el agente del Ministerio Público de la Federación, titular de la Agencia Vigésima Quinta Investigadora en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Público y Contra la Administración de Justicia de la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la Fiscalía General de la República y el Director General Jurídico de la Auditoría Superior de la Federación (ofendida), contra el auto de no vinculación a proceso dictado en audiencia del 21 de abril del año en curso y su versión escrita de 24 del citado mes y año en favor de Enrique González Tiburcio, sin que se suspenda la ejecución de la resolución judicial impugnada”, señala el resolutivo del juez de apelación.