Ciudad de México. Habitantes del municipio de Jilotzingo, estado de México, ganaron un amparo contra la ejecución de un proyecto inmobiliario para la construcción de 20 mil viviendas en la zona natural protegida conocida como Espíritu Santo. El Juzgado Décimo de Distrito con residencia en Naucalpan de Juárez les concedió la protección de la justicia federal a fin de preservar el derecho humano a un medio ambiente sano.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que el fallo ordena al gobernador del estado de México instruir a las dependencias competentes a su cargo, emitir un programa de manejo para la zona de conservación ambiental Espíritu Santo que defina acciones prioritarias de corto, mediano y largo plazo que preserven y conserven la biodiversidad, además de que controlen el uso y aprovechamiento sostenible del ecosistema.
Al resolver el amparo indirecto 68/2019, el juez René Ramos Pérez concluyó que el proyecto inmobiliario identificado como Bosque Diamante carece de estudios de impacto ambiental por lo que ordenó revocar todos los permisos concedidos, entre ellos, dos licencias municipales de cambio de uso de suelo e incremento de coeficiente de densidad; una autorización federal de impacto ambiental; una autorización federal de cambio de uso del suelo en terrenos forestales; y, una autorización local para la construcción de un conjunto urbano.
El juzgador subrayó que proteger el derecho humano a un medio ambiente sano exige de las autoridades abstenerse de realizar actos contaminantes, así como tomar acciones positivas y deliberadas tendientes a tutelar ese derecho de manera eficaz y con miras a su plena realización.
Sostuvo que el derecho a un medio ambiente sano no solo es en relación con las personas y sus derechos humanos, sino que se vincula directamente con los derechos de la naturaleza misma. La sentencia del juez Ramos Pérez precisa que desde hace años se ha considerado al municipio de Jilotzingo como un pulmón verde y una zona que aporta diversos beneficios ambientales a la región, toda vez que la mayor parte de su territorio está catalogada como área natural protegida; pese a ello, existen construcciones de particulares que deben ser investigadas.
Puntualiza que las omisiones en que incurrieron diversas autoridades del ámbito municipal, local y federal se traducen en una violación al derecho humano a un medio ambiente sano, que debe ser reparada.
El juez de amparo concluyó que las autoridades responsables de todos los niveles no adoptaron las medidas necesarias y posibles para evitar y controlar la deforestación de los bosques del lugar.
La sentencia precisa que en caso de que se conceda una nueva autorización, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) deberá pronunciarse en torno a los impactos ambientales y a la viabilidad o no de la realización de la obra respectiva, tomando en cuenta las características y normativa aplicable, en cuyo caso deberá instruir el despliegue de medidas específicas de prevención y/o mitigación tendientes a evitar, revertir o paliar los eventuales daños al medio ambiente que las obras que autorice puedan causar.