Por violaciones en el proceso legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Videovigilancia del Estado de Morelos, decisión que fue aprobada por el pleno de ministros, con mayoría de nueve contra dos.
La ministra ponente en este caso, Loretta Ortiz Ahlf, expuso que el congreso de esa entidad no cumplió con varios de los requisitos del proceso legislativo, como respetar las normas para su votación en comisiones, repartir el proyecto 24 horas antes de su discusión en el pleno, e incluso se encontró que la ley publicada es diferente a la que finalmente se aprobó.
“Se llega a la conclusión de que el dictamen que se le leyó y se votó en sesión del 15 de julio de 2020 tiene fecha anterior al día que se reunieron las comisiones legislativas y difiere en aspectos relevantes al que aparentemente éstas aprobaron. Lo cual constituye la irregularidad que más se destaca en el proyecto, porque se advierte que el contenido del decreto impugnado no es efectivamente el leído y votado en el pleno”, señaló Ortiz Ahlf.
La ministra propuso que se diera al congreso de Morelos 12 meses de plazo para enmendar esta falla, pero el pleno señaló que, siendo tan graves las violaciones al proceso legislativo, era necesario invalidar toda la ley desde el momento en que el fallo de la SCJN le sea formalmente notificado al gobierno de esa entidad.