Ciudad de México. La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña imputados a servidores públicos, entre ellos aspirantes presidenciales de Morena y Santiago Creel, del PAN.
Tan solo en la sesión de este martes, la Sala Especializada resolvió siete asuntos relacionados con ese supuesto.
En el primero, derivado de una denuncia del PRD y Jorge Alvarez Maynez, diputado de Movimiento Ciudadano, en contra de participantes en un mitin realizado en Coahuila, incluidos cuatro gobernadores, el proyecto aprobado indica que si bien se pidió apoyo para Morena se trató de un acto partidista y los funcionarios tuvieron un impacto acotado en el evento, ya sea en el templete o sentados en segunda o tercera fila.
Se indicó que fueron emitidas “frases entusiastas para alcanzar buenos resultados en elecciones futuras y para su consolidación de un proyecto común”.
El magistrado ponente, Luis Espíndola, subrayó: “Hay equivalentes funcionales (llamado a votar por una fuerza política) pero no hay una trascendencia a la ciudadanía”.
Así, en el anterior y en los seis asuntos subsecuentes se dejó a salvo, por ejemplo, a los aspirantes morenistas Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Ricardo Monreal y Adán Augusto López, así como al aspirante presidencial panista.
Los partidos bordearon argumentos diversos, pero los magistrados señalaron que no se acreditaron las infracciones, entre otras causas, porque el inicio del proceso electoral federal 2023-2024 está lejos aun.
Los Packs
En cambio, la que sí resultó responsable fue la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, por haber dicho en su programa semanal que diputadas del PRI enviaron packs (fotos eróticas) al dirigente de ese partido, Alejandro Moreno.
Después de largas intervenciones de los tres magistrados se criticó duramente a la mandataria, denunciada por legisladoras del tricolor.
“Muy lamentable forma que la gobernadora quizá pensó que estaba protegiendo a las diputadas. No, lo que hizo fue una muy dura violencia política en razón de género”, dijo la magistrada Gabriela Villafuerte, al hablar de por qué en el episodio se cometió violencia sexual, simbólica, verbal y psicológica.
Por tanto se sancionó a personas que no bajaron de redes sociales los mensajes del episodio, y ante la infracción de la gobernadora se da vista, entre otras instancias, al Congreso de Campeche, al Tribunal Superior de Justicia Administrativa y a Gobernación, además de que será inscrita en el registro nacional del INE, relacionada con personas violentadoras.
Propaganda en Revocación de Mandato
En otro tema, se declaró inexistencia de infracciones imputadas por diversos partidos políticos y ciudadanía al presidente Andrés Manuel López Obrador, Morena y asociaciones civiles por presunta responsabilidad en colocación de publicidad masiva divulgada en espacios públicos en periodo de la Revocación de Mandato, cuyo financiamiento fue imputada a un grupo.
“La asociación que siga la democracia si bien difundió en su página de internet diseños propagandísticos e invitó a la población a que hicieran uso de ellos, no se acreditó vínculo directo con algún partido político o entidad gubernamental para ese propósito”, se indica en el documento aprobado, en el cual se avala a este grupo las tareas de difusión referidas.
A su vez, en la publicidad localizada en instalaciones del Metro de la Ciudad de México se comprobó que esta fue contratada por Luz Alicia Ramos Pineda a la empresa ISA Corporativo S.A. de C.V, quien maneja la contratación de mensajes en esas instalaciones. “Lo hizo por voluntad y con recursos propios”, concluyó la Especializada.