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Reconoce Inai fallo de SCJN sobre invalidez en reserva de información

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El logotipo del Inai en sus oficinas en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
18 de mayo de 2023 15:19

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso la Información y Protección de Datos Personales (Inai) reconoció el fallo de la Corte que determina la invalidez de la reserva de información sobre los proyectos estratégicos del gobierno federal.

Tras la resolución del máximo tribunal, los integrantes del pleno del Instituto señalaron que en este caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “deja a salvo el derecho de la sociedad a conocer y acceder a toda la información relacionada con los proyectos y obras a cargo del gobierno, lo cual permitirá monitorear su desarrollo y vigilar que el gasto público se lleve a cabo de manera eficaz y eficiente”.

Los comisionados recordaron que el acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura de la administración federal se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021.

Días después, el 10 de diciembre, el Inai interpuso ante la SCJN una controversia constitucional en la que advirtió que ese acuerdo realizaba “una reserva anticipada y generalizada” de la información relacionada con los proyectos u obras del gobierno federal, “hecho que vulneraba el derecho a saber de la sociedad”; asimismo, el Instituto argumentó que ampliaba el concepto de seguridad nacional y alteraba los supuestos de excepción para la reserva de la información pública.

“Por tanto, el Instituto concluyó que existía una posible violación al derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6 de la Constitución, así como a las facultades del INAI, pues si bien la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva o clasificación de la información, lo cierto es que se debe analizar caso por caso y elaborar la prueba de daño correspondiente”, se indicó en un comunicado emitido esta tarde tras el fallo de la Corte.

El pleno del Inai apuntó que los ministros del máximo tribunal determinaron, por mayoría, que el mencionado acuerdo impacta el derecho a saber y contraviene la facultad del Inai para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público, al situar toda la información generada en el desarrollo de obras y proyectos referidos dentro de la aplicación del supuesto de reserva.

Además que puntualizó que el acuerdo transgrede el principio de transparencia y el derecho de acceso a la información en su dimensión colectiva, pues dificulta el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de las autoridades, imposibilitando el control ciudadano del actuar público.

“Así, la SCJN concluyó que este hecho menoscaba la facultad del Inai de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia”, concluyeron los comisionados.

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