La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador es responsable indirecto de que en su conferencia matutina del 7 de marzo de 2022, se haya difundido propaganda gubernamental en un periodo prohibido, pues en esas fechas se realizaba el proceso de revocación de mandato.
Ello al no impedir que los titulares de Petróleos Mexicanos y la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural mencionaran el crecimiento del programa gubernamental de producción y entrega de fertilizantes.
Sin la presencia de Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, los magistrados revocaron una sentencia de la Sala Regional Especializada en la que determinó que el jefe del ejecutivo federal no tenía responsabilidad indirecta en la difusión de propaganda gubernamental en la citada conferencia.
En el proyecto de sentencia aprobado por los jueces, se señala que López Obrador tuvo conocimiento previo de que en tema de los fertilizantes sería abordado en la rueda de prensa y estuvo en posibilidad de asegurar que no se difundiera propaganda gubernamental, sin haberlo hecho.
Los magistrados hicieron un exhorto al jefe del ejecutivo federal a no difundir propaganda gubernamental y a mantener una postura neutral en las próximas elecciones,
La Sala Superior confirmó además, que el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano violó la prohibición constitucional de difundir propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato.
La queja contra López Obrador y los titulares de Pemex y la Sader fue interpuesta por el PAN y el PRD.