Ciudad de México. La divulgación de los materiales relacionados con el programa social Beca para el Bienestar no constituyen actos anticipados de campaña ni propaganda personalizada de la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, concluyó la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los magistrados concluyeron que contrario a lo denunciado por el PRD, son inexistentes las faltas alegadas pues los materiales difundidos son informativos.
Asimismo, no se acreditó uso indebido de recursos ni vulneración a los principios electorales de neutralidad y equidad.
El PRD alegó que con ese programa se pretende posicionar la imagen de la funcionaria para favorecerla en la contienda presidencial de 2024.
El magistrado Luis Espíndola estuvo de acuerdo con el sentido del proyecto, elaborado por el magistrado de la Sala Rubén Lara, aunque apuntó diferencias de criterio respecto de la forma de analizar los actos anticipados de precampaña y campaña.
La magistrada Gabriela Villafuerte también estuvo en favor del proyecto pero no en las razones del elemento temporal.
“Desde mi punto de vista no hay elemento temporal, entonces, yo considero que, como lo he dicho ya en lógicas desde el inicio que estamos analizando actos anticipados de campaña, que tendríamos que tomar como punto de partida el inicio del proceso electoral”, indicó.
En cuanto al elemento personal, subrayó que el caso aborda propaganda gubernamental e institucional, aunque en algunos mensajes está el logo de Morena o el elemento de que se ha arrobado a la jefa de gobierno, “pero no alcanza para tener por acreditados los actos anticipados de precampaña y campaña”.