°C -
|

La Jornada

Últimas noticias
Anuncio
Anuncio

Descarta TEPJF actos anticipados de campaña de Sheinbaum, Ebrard y Adán López

Imagen
Sala de sesiones del TEPJF en imagen de archivo. Foto Cristina Rodríguez
20 de abril de 2023 18:46

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hubo actos anticipados de campaña en distintos eventos en los que participaron aspirantes a la candidatura presidencial de Morena.

Algunos de los asuntos de la sesión de este jueves ya habían sido resueltos por la Sala Especializada, pero ante impugnaciones de la oposición la Sala Superior ordenó un nuevo análisis.

Por mayoría de votos, de los magistrados Luis Espíndola y Gabriela Villafuerte, y la postura en contra del magistrado presidente, Rubén Lara, se resolvió que el canciller Marcelo Ebrard no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña durante el evento del 3 de diciembre pasado titulado “¿Qué sigue para México?”, donde tomó protesta a comités que le ayuden a ganar la encuesta de Morena, para definir a su abanderado presidencial.

También se revisaron, por orden de la Sala Superior, otros eventos (llevados a cabo en Toluca, Oaxaca, Coahuila y Tabasco, entre otros) en donde participaron, por separado, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y el senador Ricardo Monreal, todos, aspirantes a la candidatura de Morena.

Con distintos matices se dijo que si bien se impugnaron actos partidistas que incluso podrían llegar a ser proselitistas, no se confirma el ilícito de actos anticipados de campaña.

En principio, porque son actos futuros de realización incierta y porque el proceso electoral federal 2023-2024 inicia hasta septiembre próximo, mientras que los eventos denunciados ocurrieron en 2022.

En posición disidente a los proyectos, Lara citó jurisprudencias de la Sala Superior en el sentido de que puede haber actos anticipados de campaña incluso previo a las precampañas; igualmente mencionó la necesidad de tomar en cuenta la existencia de conductas reiteradas o planificadas.

Igualmente aludió a la orden de tomar en cuenta para este análisis la proximidad, sistematicidad, impacto territorial, contenido de mensajes y otros elementos para determinar el impacto o trascendencia de la conducta.

Al contrario, Espíndola y Villafuerte dijeron que los actos pueden ser considerados como partidistas, incluso con matices electorales, pero ello no alcanza a acreditar el ilícito.

Espíndola dijo que hay eventos con expresiones espontáneas, de júbilo, con llamados a la unidad, propios de los partidos políticos, mismos que de manera permanente buscan hacerse de simpatizantes.

Además, resaltó, se inscriben en el ejercicio de la libertad de asociación política, de expresión y de reunión, así como de la autoorganización y autogobierno de los partidos.

Recordó que no solo Morena ha tenido reuniones de ese tipo sino también el PRI y el PAN donde algunos personajes han señalado abiertamente ‘quiero ser Presidente’ y tampoco fue considerado como un acto ilegal.

Villafuerte hizo énfasis en que “para mandar callar a alguien” hay que tener bases.

En la sesión de este jueves, la Sala Especializada resolvió once asuntos, de los cuales siete se derivan de denuncias de la oposición sobre presuntos actos anticipados de morenistas.

Exige UNAM investigación para esclarecer deceso de alumno de Prepa 4

El estudiante de 17 años desapareció el pasado viernes 15 de noviembre en el Bosque de Chapultepec

Constitucionalmente inviable suspender elección judicial: TEPJF

Amparos y suspensiones en curso no tienen efecto para impedir que el INE y el Senado sigan con la organización del proceso, sentencia el Tribunal.

Comparecerá Ramírez de la O el miércoles en San Lázaro

Explicará el estado que guarda la administración pública, los criterios de política económica, entre otros asuntos.
Anuncio