Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo promovido por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) en contra de la desaparición del fideicomiso del fondo para el cambio climático.
Por mayoría de tres votos, los ministros de la Segunda Sala señalaron que el cambio en el modelo de financiamiento para estas actividades no implica que el Estado abandone la atención al tema.
El Cemda impugnaba el decreto del 6 de noviembre de 2020 por el cual se ordenó la liquidación de los fideicomisos creados desde hace años para atender diversos aspectos, desde deportivos hasta culturales, pasando por asuntos ambientales, y así destinar esos recursos directamente a las áreas de gobierno encargadas de cada tema.
Para la asociación quejosa, esta decisión, en el caso del fideicomiso para el cambio climático, iba contra el derecho a un medio ambiente sano y violaba el principio de progresividad de los derechos humanos.
Desde la primera instancia el amparo fue rechazado pues se afirmó que la liquidación del fideicomiso no varió el objeto de la Ley General de Cambio Climático, por lo que la obligación del gobierno para adoptar políticas públicas para combatir este deterioro ambiental no se modificó.
El Cemda impugnó el fallo y el caso llegó hasta la segunda sala de la SCJN, donde la ministra Yasmín Esquivel Mossa, encargada del asunto, elaboró el proyecto aprobado, el cual avala la negativa de amparo.
“En cuanto al principio de confianza legítima, no se acredita que la quejosa resultara afectada por un cambio de política del poder público que tuviera una trascendencia tal, que afecte el proyecto de vida de la población o la conducta que reiteradamente venía realizando en detrimento al principio de seguridad jurídica”, señala el documento.
Esquivel añade que la eliminación del fideicomiso no desaparece de la agenda pública el tema del calentamiento climático, pues solo se modificó la manera en que los diversos niveles de gobierno deberán enfrentar esta situación, conforme a sus respectivas facultades y competencias.
“Esto es, no está jurídicamente acreditado que la transición al nuevo modelo evite captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales e internacionales para apoyar la implementación de acciones para enfrentar el cambio climático”, concluye la sentencia aprobada.