Un tribunal federal ordenó a un juez de distrito admitir el amparo que inició Pío López Obrador, con el que busca que la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (Fisel) continúe con la investigación que comenzó después de la publicación de los videos en los que se observa que recibe presuntamente dinero en efectivo del ex coordinador nacional de Protección Civil David Eduardo León Romero.
El hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, señaló en su demanda como acto reclamado la demora de Héctor Sánchez Zaldívar, titular del Núcleo E de la Fisel en realizar los actos de investigación que he solicitado con motivo de los hechos que denunció el 2 de octubre de 2020.
Pío López Obrador interpuso el juicio de amparo luego de que la autoridad ministerial desechó su solicitud, al estimar actualizada la causal de improcedencia, ya que el acto reclamado no le ocasiona agravio, debido a que se determinó el no ejercicio de la acción penal, con lo cual se dio por terminada la indagatoria.
Sin embargo, López Obrador sostuvo que la determinación de la FISEL sí le causa perjuicio debido a que si bien se acumularon esas carpetas de investigación, lo cierto es que se trata de investigaciones diversas, pues una es relativa a hechos que a él y León Romero le fueron imputados, en tanto la otra es sobre hechos que él denunció contra diversa persona motivo por el que no es posible sostener que la investigación, en la cual tiene la calidad de víctima, haya concluido.
Los magistrados declararon fundados los argumentos de Pío López Obtrador, pues argumentaron que las “manifestaciones que generan un indicio suficiente que permite presumir, como lo aduce el amparista, que la investigación por lo que hace a la persona que él denunció no ha terminado y, en esa medida, en este momento no es manifiesto ni indudable que el acto reclamado no le cause perjuicio”.
Por ello, el colegiado revocó el fallo del Juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México y ordenaron que, de no advertir alguna hipótesis de improcedencia diversa, admita y dé trámite a la demanda de amparo.
En octubre del año pasado, la FGR determinó no ejercer acción penal contra Pío López Obrador y León Romero por carecer de elementos suficientes como para llevar el caso a juicio, quienes fueron investigados por presuntos delitos electorales, tras la circulación de videos en los que se aprecia que intercambian bolsas de papel presuntamente con dinero en su interior.
La Fisel de la FGR hizo la petición en ese entonces de cerrar el caso ante el juzgado séptimo de distrito en materia de amparo penal en la Ciudad de México, mediante un escrito presentado por el agente del Ministerio Público Federal, titular de la Célula B-II-1, Héctor Sánchez Zaldívar.