Ciudad de México. La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determinó que existen al menos cinco barreras de competencia que generan restricciones al funcionamiento del mercado de comercialización, almacenamiento y expendio de turbosina.
“La existencia de barreras a la competencia en los mercados de su cadena de valor impacta a las aerolíneas, y podría impactar indirectamente a los consumidores en los precios de los servicios de transporte aéreo”, dijo el organismo.
La Cofece indicó que la importancia para no tener obstáculos en el mercado del combustible radican en que es el principal insumo para el transporte aéreo, pues representa entre 25 y 30 por ciento de los gastos operativos de las aerolíneas.
Detalló que en el mercado de comercialización primaria existen disposiciones del régimen de permisos previos de importación que limitan la entrada y permanencia de agentes económicos, por lo que recomendó a las secretarías de Economia (SE) y Energía (Sener) modificar diversos acuerdos que limitan la importación de turbosina.
La Cofece halló que existe escasez y falta de acceso a la infraestructura de almacenamiento externo de turbosina, lo que inhibe la capacidad de competir de participantes actuales y potenciales en los mercados relevantes de comercialización.
Ante esto, recomendó a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) incrementar la posibilidad de que los comercializadores accedan a infraestructura de almacenamiento externo sin restricciones discriminatorias.
En el mercado relevante de almacenamiento externo, la Cofece encontró que la mayoría de la capacidad en el país se encuentra contratada con Pemex Transformación Industrial y no existen límites máximos a su reserva de capacidad, limitando la entrada de competidores, por lo que sugirió a la CRE establecer una regulación que determine la participación máxima de la empresa estatal en la reserva de capacidad en las instalaciones de almacenamiento externo a nivel regional.
El ente encargado de la competencia económica de México identificó que Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) se encuentra en diversos segmentos de comercialización y suministro y no ha completado su separación funcional, operativa y contable, lo que restringe la competencia.
Por ello, pidió a las secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT), Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) evaluar y modificar el estatuto orgánico vigente de ASApara que cumpla y garantice las obligaciones de separación de las actividades de comercialización y de almacenamiento, en los términos ordenados por la CRE.
Además ordenó al consejo de administración de ASA a cumplir con las obligaciones de separación funcional, operativa y contable, haciendo clara distinción en la separación de las funciones, procedimientos y personal de las unidades administrativas responsables de la actividad de comercialización y de la actividad de almacenamiento, ordenadas por la CRE.
El quinto obstáculo muestra que existen algunos títulos de concesión para la operación y administración de aeropuertos contienen cláusulas de exclusividad en favor de ASA de tener vigencia con la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos, indirectamente se podría estar limitando la competencia a entrantes en el expendio. Ante esto, recomendó a la SICT emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso general que señale que dichas exclusividades de ASA ya no se encuentran vigentes.
Refirió que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el servicio de transporte aéreo aportó 3.08 por ciento del producto interno bruto (PIB) del transporte en México en 2021.
Anotó que una vez que se cumplan las recomendaciones y medidas ordenadas, se espera una mayor entrada de competidores en los mercados que componen la cadena de valor de la turbosina, lo que se reflejará en mejores precios para el consumidor final.