Ciudad de México. Luego de una supervisión conjunta entre la Tercera Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y personal del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) del mismo organismo, la Comisión identificó casos de encierros prolongados y deficiente atención de su salud física y mental que sufren las internas del Centro Federal de Readaptación Social Número 16 Femenil, ubicado en Coatlán del Río, Morelos.
Como parte del el Informe Especial 1/2023 sobre este caso, dado a conocer por el organismo, se detalla que realizaron encuestas a las mujeres privadas de su libertad en el módulo 10 del centro penitenciario que evidenciaron casos de riesgo de suicidio y falta de seguimiento médico y se documentaron lesiones autoinfligidas.
Tras elaborar entrevistas a 59 mujeres detenidas en ese módulo, el 66 por ciento informaron tener alguna condición de salud mental que requiere un seguimiento especializado. Pese a que algunas recibieron un diagnóstico psiquiátrico previo a su ingreso al Centro y otras fueron diagnosticadas tras su detención, “todas fueron consistentes en manifestar que no se brinda un seguimiento médico de manera adecuada al interior del Cefereso”.
En tanto, el 58 por ciento de las mujeres entrevistadas presentan ansiedad grave; 46 por ciento depresión severa; el 26 por ciento sentimiento de desesperanza severa, y el 34 por ciento “enfrenta una condición de riesgo suicida alto”, relacionado con la práctica del cutting, es decir, cortes en distintas partes del cuerpo que pueden ocasionar la muerte.
Además, el organismo nacional identificó a personas con problemas asociados al consumo de drogas, de las cuales, el 86 por ciento son madres de niños y niñas de 7 años de edad o menos.
Entre los ocho factores de riesgo de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes identificados, se encuentran: Traslados a otros centros penitenciarios o módulos sin la protección de derechos y sin aplicar la perspectiva de género; inadecuada integración de registros en el expediente único; procesos de encierro prolongado o aislamiento y obstaculización en la comunicación con el exterior.
También se reportaron condiciones de habitabilidad que vulneran la dignidad de las personas; insuficiencia de personal de seguridad y custodia, técnico, de psicología, trabajo social, criminología y médico para cubrir las necesidades de las mujeres privadas de la libertad; falta de atención a la salud física y mental, así como falta de atención al riesgo suicida.
Los hallazgos motivaron el inicio de una queja que se encuentra en proceso de integración, así como una serie de medidas cautelares que ya instruyó la Comisión.
Mientras se concluye dicho proceso, la CNDH instruyó crear un mecanismo para garantizar que las mujeres privadas de la libertad puedan comunicarse de forma escrita o telefónica con personas fuera del centro penitenciario, ya sea con defensores y organismos protectores de derechos humanos, sin que se les considere como llamadas a familiares.
“Las llamadas telefónicas a los organismos públicos de protección de los derechos humanos no podrán condicionarse o limitarse, se realizarán de manera gratuita y no deberán computarse como la llamada periódica a que tienen derecho las mujeres privadas de la libertad con sus familiares, amistades o personas designadas”, recalcó.
De igual forma, llamó a recordar al personal penitenciario que está prohibida toda reprimenda, acción de castigo o sanción que busque inhibir o limitar el derecho de la persona privada de su libertad para acudir ante las instituciones públicas y privadas de protección de los derechos humanos.