Ciudad de México. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) envió el jueves a la Secretaría de Educación Pública (SEP) la documentación sobre la tesis de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, para que sea esta dependencia federal la que decida sobre la validez del título profesional de la magistrada.
Fuentes cercanas a la máxima casa de estudios hicieron llegar a este diario la foto de un sobre de papel con la leyenda Confidencial/urgente
, que envió el rector de la Universidad, Enrique Graue Wiechers, a la titular de la SEP, Leticia Ramírez Amaya.
En la imagen se puede apreciar que en el sobre figura un sello de recibido de la Oficialía de Partes de la SEP, la firma del funcionario que lo recibió y la fecha de este jueves 12.
Lo anterior contradice los señalamientos del titular de la Secretaría de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, quien aseguró – en una gira de trabajo por Puebla– que hasta la medianoche del jueves, la UNAM no había notificado de manera oficial a la SEP sobre el caso de la ministra Esquivel, a quien el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón señaló como responsable de plagiar su tesis de licenciatura.
Al preguntarle sobre el tema, López Hernández afirmó: Yo conozco un comunicado que circuló, pero precisamente anoche (jueves), ya tarde, le pregunté a la secretaria de Educación si ya había recibido alguna notificación al respecto, (pero) no ha sido notificada oficialmente. Luego entonces, no podemos opinar como gobierno hasta en tanto no se dé ese hecho
. Añadió que cuando ese hecho se da, si es que se da, pues entonces habrá una posición del gobierno federal y específicamente de la SEP
.
Como se informó en este diario, el pasado miércoles, Graue indicó en un comunicado que, aunque la FES Aragón comprobó el plagio de Esquivel, la UNAM no podría invalidar su título, porque la normatividad universitaria carece de los mecanismos
legales para hacerlo.
Sin embargo, el abogado general de la UNAM, Alfredo Sánchez Castañeda, aclaró que el artículo 23, fracción VII, de la ley reglamentaria del artículo quinto constitucional permitiría a la Dirección General de Profesiones de la SEP cancelar el registro de los títulos de los profesionistas condenados judicialmente a la inhabilitación en el ejercicio
.