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Gobierno federal publicará este viernes nuevo decreto antiinflacionario

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El decreto consolidará parte de las medidas tomadas en el PACIC y el APECIC, las cuales buscaban reducir los precios de la canasta básica. Foto Yazmín Ortega Cortés / Archivo
06 de enero de 2023 13:27

Ciudad de México. Ante la persistencia de la inflación a nivel global y con el objetivo de contrarrestar la escalada de precios en este año, el gobierno federal publicará este viernes un decreto que para la exención temporal del pago de arancel a la importación definitiva de diversos productos alimenticios, de higiene personal, alimento para animales e insumos para la agricultura, el cual suma más productos.

La Secretaría de Economía (SE) indicó que las nuevas medidas forman parte de la política antiinflacionaria que inició con el Paquete contra la Inflación y la Carestía (Pacic) y continuó con el Acuerdo de Apertura contra la Inflación y la Carestía (Apecic).

El nuevo decreto consolidará parte de las medidas tomadas en el PACIC en mayo y el APECIC en octubre, las cuales buscan contrarrestar los precios de los productos de la canasta básica mediante la exención del pago de aranceles a las importaciones y el otorgamiento de facilidades en la revisión de toda regulación que impida o encarezca la importación e introducción de alimentos, incluida la movilidad de los mismos a partir del congelamiento de tarifas de autopistas concesionadas.

El decreto amplía la vigencia de las medidas hasta el 31 de diciembre de este año, así como el beneficio a mercancías clasificadas en 33 fracciones arancelarias, que se suman a los productos que ya contaban con la reducción arancelaria.

Además, se incluyen mercancías clasificadas en 23 fracciones arancelarias a la facilidad administrativa en el acreditamiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.

Los productos que se adicionan son pavo, ajo, lechuga, espinaca, lentejas, pera, arroz descascarillado, almidón de maíz, embutidos, tilapia, salsa de soja, salsa cátsup, otras salsas de tomate, preparaciones para sopas y caldos, sopas y caldos preparados, harina de carne y despojos para alimentación de animales o abono, cereales, residuos de la industria de almidón, alimento para perros y gatos, desodorante corporal y antitranspirante, desinfectante, manteles y servilletas, cepillos de dientes, toallas sanitarias, pañales, abonos, insecticidas, raticidas y herbicidas, así como aceite de soja, de girasol y de cártamo.

Las nuevas medidas mantienen la facilidad administrativa en el acreditamiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias para aquellos que cuenten con la Licencia Única Universal (LUU), lo que incide en una disminución de precios para los consumidores finales al reducir los costos de importación.

Con el fin de que más importadores cuenten con la LUU, se establece que podrán acreditar su experiencia en la importación de mercancías si importaron mercancías en los 24 meses anteriores a la solicitud, pues solo tomaba en cuenta los últimos 12 meses.

También estará disponible la Licencia si es las mercancías importadas previamente correspondan a la misma subpartida de la fracción arancelaria contenida en el decreto y se hayan cumplido las mismas regulaciones y restricciones no arancelarias que se exigen en dichas fracciones.

La SE destacó que con estas acciones, el gobierno federal continuará con su política antiinflacionaria en beneficio de la población, especialmente, de los que menos tienen.

 

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