La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra de la disposición del ayuntamiento de Guadalajara para que las empresas de telecomunicaciones, incluyendo telefónicas, de servicios de internet y televisión, tengan que instalar sus cables usando conductos subterráneos, evitando poner más elementos mediante postes, que causan accidentes y afectan la imagen urbana.
La comisión de receso del máximo tribunal, integrada por los ministros Norma Lucía Piña y Javier Laynez Potisek, dieron entrada a la demanda, la cual quedó registrada como la CC 267/2022, en donde el IFT reclama que el ayuntamiento tapatío invade sus facultades constitucionales para normar las actividades de las empresas de telecomunicaciones y las instalación de la infraestructura que utilice.
Sin embargo, los ministros le negaron al instituto la petición para que suspendiera el acto reclamado, por lo cual la norma del ayuntamiento de Guadalajara seguirá vigente hasta que la SCJN dicte una decisión definitiva sobre el asunto.
Es la primera vez que el máximo tribunal decidirá sobre la obligación de las empresas de telecomunicaciones para recurrir a ductos soterrados para instalar sus cables, en lugar del tendido aéreo que tradicionalmente utilizan.
Otras capitales, como la Ciudad de México, estudian tomar esta medida para prevenir accidentes con los cables sin uso que quedan colgando de los postes, y también evitar que afecten la visibilidad de señales de tránsito y del paisaje urbano.