Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Juan Luis López García, Héctor Muñoz Muñoz y Gonzalo García Hernández, los sentenciados por el caso expuesto en el documental “Duda razonable”, debido a que durante el juicio en su contra se violó el principio de presunción de inocencia.
El ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, señaló que el juez otorgó una ventaja indebida a la fiscalía de Tabasco al otorgarle la suplencia de la queja, permitiéndole presentar como pruebas testimonios de los policías, ninguno de los cuales fue testigo directo de los hechos, fundando todo el caso en simples sospechas o intuiciones.
La sentencia, afirmó, se basa argumentos circulares y autorreferentes a los que se les dio un peso definitivo, sobre una investigación hecha con “descuido generalizado”, apuntó
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que la SCJN no puede quedarse ante la injusticia que privó a los acusados de siete años de su vida en libertad, y propuso que no solo se les liberara de inmediato, sino que se investigue a los ex funcionarios de la fiscalía de Tabasco que manejaron este caso.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, señaló que la presunción de inocencia es un derecho humano, que impone al Estado la obligación de acreditar, más allá de toda duda razonable, la culpabilidad de un acusado, lo cual no ocurrió en este caso.
Los tres imputados, junto con un cuarto imputado, quien ya fue liberado, fueron detenidos desde el año 2015, acusados de secuestro y sentenciados a 50 años de prisión, en un proceso durante el cual se denunciaron torturas y otras violaciones al debido proceso, todas la cuales fueron expuestas en el documental, el cual finalmente llevó a la atracción del caso por parte de la SCJN.
La SCJN ordenó notificar de inmediato a las autoridades del penal de Macusapana, Tabasco, para que en las próximas horas sean liberados los tres imputados.