La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) oficializó la creación de una nueva empresa de participación estatal mayoritaria para la administración del puerto de Acapulco, Guerrero, la cual dependerá directamente de la Secretaría de Marina (Semar).
Esta nueva entidad tendrá por nombre Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V.” cuyo objetivo es administrar el sistema portuario integral de Acapulco, Guerrero, a través del ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la concesión que el Gobierno Federal le otorgue a dicha Entidad para tal efecto; lo cual, a su vez, permitirá contribuir al crecimiento y estabilidad económica de la región con la generación de empleos, el impulso al turismo y comercio exterior, así como con la atención a las demás demandas económicas y sociales que han surgido al respecto.”
Desde agosto pasado, la SHCP autorizó a la Semar un presupuesto de 499 mil 900 pesos como capital social para la constitución de esta empresa, a la cual el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos aportará otros cien pesos, y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos otra cifra similar.
El 51 por ciento de las acciones de la nueva empresa quedarán en manos del Gobierno Federal y el resto podrán ser adquiridas por la banca de desarrollo o cualquier persona física o moral, pero no por ciudadanos extranjeros.
“La Empresa de Participación Estatal Mayoritaria podrá llevar a cabo todas las acciones necesarias para la administración portuaria integral del puerto de Acapulco, Guerrero, mediante el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la concesión que el Gobierno Federal le otorgue para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público federal, la construcción de obras e instalaciones portuarias y la prestación de los servicios portuarios, así como la administración y explotación comercial, por cuenta propia o de terceros, de los bienes que integran su zona de desarrollo, de conformidad con sus Estatutos Sociales y demás disposiciones aplicables”, señala el artículo tercero de la resolución de la SHCP para la creación de la empresa.