En votación dividida, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo promovido por la asociación civil Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, en contra de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (LNUF).
Por tres votos contra dos, los ministros aprobaron el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, donde se desestima el argumento de la asociación quejosa, quien sostenía que la ley impugnada generaba un efecto inhibidor permanente respecto al ejercicio de sus derechos humanos, situación que acusó, era consustancial al despliegue de la Guardia Nacional (GN) en la Ciudad de México, donde tiene su sede.
La sentencia aprobada señala que la quejosa no fundamentó debidamente sus reclamos: “la asociación civil quejosa debió haber presentado tales argumentos por cada contenido normativo que considerara inadecuado de esos Capítulos.”
También se rechazó el argumento sobre que la LNUF no contenía una regulación sobre las armas epiletales, es decir, aquellas que utilizadas adecuadamente no causan la muerte del sujeto objetivo, pero sí lo inhabilitan para seguir actuando agresivamente.
Sobre esto, el ministro Gutiérrez señaló que el tema ya se resolvió en la acción de inconstitucionalidad 64/2019, votada en el pleno de la SCJN el año pasado, donde se determinó que “la Ley Nacional no sufría una omisión legislativa relativa relacionada con la previsión del adiestramiento en medios, métodos, técnicas y tácticas del uso de la fuerza mediante el empleo de armas incapacitantes, no letales y letales, así como la distinción y regulación de dichas armas.”
A favor del proyecto votaron los ministros Mario Pardo, Margarita Ríos y el propio Gutiérrez. En contra Juan Luis González y Norma Lucía Piña.