Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 195/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo, por la negligencia en que incurrió personal de enfermería del Hospital General de Zona número 3 (HGZ-3) en Aguascalientes, que ocasionó quemaduras de segundo grado a una persona recién nacida.
La CNDH informó que dos personas presentaron un escrito de queja ante este organismo nacional donde señalaron que su hijo nació el 30 de agosto de 2020 en dicho hospital y, siete horas más tarde, personal médico les notificó que sería trasladado al área de “recuperación” porque, al parecer, le faltaba oxígeno.
Al día siguiente les avisaron que la víctima se “había quemado con leche en el brazo”. Sin embargo, las fotografías que le mostraron a su madre indicaban que también tenía lesiones por quemadura en el pecho y mejilla derecha. Cuando solicitaron información sobre lo ocurrido, simplemente se les indicó que “le habían caído encima unas jeringas que estaban calientes”, mismas que habían sido colocadas sobre la incubadora donde se encontraba.
Las evidencias analizadas por la CNDH determinaron que el personal de salud del HGZ-3 vulneró los derechos humanos a la protección de la salud y al principio de interés superior de la niñez de la víctima, toda vez que, efectivamente, al momento de nacer la persona menor de edad registró afectaciones derivadas de la falta de oxígeno en la sangre, por lo que, ante la falta de espacio en el cunero patológico, fue ingresado en un cunero de transición y se determinó suministrarle oxígeno suplementario, leche materna o fórmula de inicio por sonda orogástrica y otros cuidados.
Posteriormente, se emitió una notificación médica en la que se indicó que, al poner a tibiar la fórmula láctea para alimentar al paciente en el sistema calefactor de la cuna radiante, una jeringa con leche fue sujetada con una tela adhesiva en forma de columpio, la cual cayó sobre el bebé y le provocó quemaduras de segundo grado en parte anteroposterior de hemitórax, brazo y mejilla derechos, de lo cual se acredita una mala práctica y negligencia.
Derivado de lo anterior, se solicita al director general del IMSS continuar brindando atención médica y psicológica a la víctima por las lesiones ocasionadas, así como los medicamentos y rehabilitación que requiera. Proceder a reparar, de forma inmediata, el daño causado, incluyendo una compensación justa y colaborar en el procedimiento administrativo iniciado en el Órgano Interno de Control de ese Instituto por las omisiones detectadas en la investigación realizada por la CNDH.
El IMSS informó que recibió la recomendación de la CNDH y expresó su disposición para cooperar con el organismo.