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Congreso aún no cumple con garantizar representación plural en la Permanente

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Salón de Plenos de la Cámara de Diputados. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
19 de octubre de 2022 15:25

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dijo que el Congreso de la Unión aún no cumple con la orden de garantizar una representación plural en la Comisión Permanente.

Si bien actualmente transcurre el periodo ordinario de sesiones, los magistrados no han sido informados de cambios en la normatividad de la Comisión.

El caso se desprende de una queja del partido Movimiento Ciudadano, excluido de la anterior integración de la Comisión Permanente, pese a una resolución del TEPJF.

Por mayoría de votos, el Pleno de la Sala Superior de este Tribunal concluyó que la resolución incidental emitida el 3 de agosto pasado, relacionada con la integración plural y representativa de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, “se encuentra en vías de cumplimiento”.

En la resolución incidental se vinculó a la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) para realizar las gestiones necesarias para que la Comisión Permanente convocara al pleno de la Cámara de Diputados e integrara, de forma plural y representativa esta Comisión, antes del inicio de su próximo periodo de receso.

También se vinculó a la Cámara de Diputados para que determinara qué diputación se sustituiría en la Comisión Permanente con el fin de alcanzar una integración representativa de todas las fuerzas políticas que integran a esa Cámara.

El coordinador parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC) presentó un escrito en el que alegó que, si bien aparentemente se realizaron actuaciones para dar cumplimiento a lo ordenado por esta Sala Superior, la afectación se concretó de un modo irreparable, al menos en la pasada integración de la Comisión Permanente, pues el 31 de agosto concluyeron sus funciones.

Aseveró que no existe una garantía de que la Cámara de Diputados actualice su marco normativo para la integración de la Comisión Permanente, conforme a lo ordenado por la Sala Superior.

El Tribunal Electoral, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez, determinó que las circunstancias jurídicas y fácticas que motivaron la sentencia incidental de 2 de septiembre son las mismas actualmente, sin que exista alguna situación novedosa que cambie la determinación anterior relativa a que lo ordenado por la Sala Superior está en vías de cumplimiento.

“Si bien en la última Comisión Permanente no se integró a MC, lo cierto es que, la JUCOPO y la Cámara de Diputados están vinculados a que las próximas integraciones de la Comisión Permanente sean conformen a los principios de máxima representación efectiva y pluralidad”, añadió el TEPJF. 

Por lo tanto, hasta que el Pleno de la Cámara de Diputados emita la normativa correspondiente, se estará en posibilidad de resolver si la sentencia principal, así como las resoluciones incidentales respectivas, fueron debidamente cumplidas (SUP-JE-281/2022 incidente).

 

 

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