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Ebrard no incurrió en actos anticipados de campaña: TEPJF

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Instalaciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
21 de septiembre de 2022 16:36

Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el canciller Marcelo Ebrard no cometió actos anticipados de pre campaña o campaña durante su participación en actos proselitistas realizados en Tamaulipas y Durango.

Con lo anterior se refrenda el criterio de la Sala Especializada de este mismo Tribunal, relacionado a que el secretario de Relaciones Exteriores no hizo expresiones para promover su posible candidatura a la Presidencia de la República, como alegó el PRI.

El TEPJF dijo que las expresiones denunciadas corresponden a temas de interés público que se encuentran amparados por la libertad de expresión en su dimensión social o colectiva; por tanto, no se vulneró el principio de equidad de la contienda.

“En concepto de la ponencia es infundado el agravio sobre la omisión de la responsable (Sala Especializada) de analizar el contexto de los hechos denunciados porque sí lo hizo y de forma exhaustiva determinó que las expresiones realizadas en los eventos celebrados en Tamaulipas y Durango, en relación con las expresiones del Presidente de la República, no actualizaban un equivalente funcional de actos anticipados.

“Por otro lado, no hay elementos para determinar que existe la intención de promover su posible candidatura a la Presidencia de la República en el proceso electoral federal 2023-2024”, se indica en el proyecto elaborado por Felipe Fuentes Barrera y aprobada por unanimidad.

 

Caso Delfina, al Instituto Electoral del Edomex

En tanto, los magistrados del máximo tribunal electoral dieron la razón a la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral la cual se declaró incompetente para atender una queja de presunta violencia política en razón de género en contra de la ex secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez, y turnó el expediente al Instituto Electoral del Estado de México, toda vez que las expresiones en contra de la funcionaria se relacionan con la contienda por la gubernatura en esa entidad.

En otro asunto, la Sala Superior confirmó multa al PAN por violar reglas del proceso de Revocación de Mandato, debido a que el dirigente de ese partido en Sonora llamó, a través de redes sociales, a no participar en esta consulta.

En la sesión de esta tarde, los magistrados resolvieron distintos proyectos relacionados con la elección de representantes en asambleas de Morena. En todos los casos no se dio la razón a los demandantes, mayoritariamente porque interpusieron su demanda ante el TEPJF previo a que la Comisión Nacional de Elecciones de ese partido publicara los resultados oficiales de dichas asambleas distritales o estatales.

Las decisiones de la Sala Superior del TEPJF son definitivas e inatacables.

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