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Inhabilitan a funcionario de la Miguel Hidalgo por quitar sellos en obra

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Mauricio Tabe, alcalde de la Miguel Hidalgo. Foto Cuartoscuro /Archivo
17 de septiembre de 2022 12:46

Ciudad de México. La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México suspendió por 90 días a César Mauricio Garrido López, director general de Gobierno y Asuntos Jurídicos de la alcaldía Miguel Hidalgo, por levantar de manera injustificada los sellos de suspensión en las obras de un inmueble clasificado de alto riesgo para los vecinos de predios aledaños.

La dependencia notificó la medida a su superior jerárquico, el alcalde panista Mauricio Tabe, quien ayer utilizó sus redes sociales para señalar que era objeto de persecución política; sin embargo, el funcionario ocultó el motivo de la sanción a su subordinado, a quien se ha vinculado con el ex director general Jurídico y de Gobierno de Benito Juárez, Luis Vizcaíno Carmona, detenido por presunto enriquecimiento ilícito.

En una tarjeta informativa, la Contraloría explicó que Garrido López fue citado el 15 de septiembre en las oficinas del Órgano Interno de Control de su demarcación para hacerle saber de la audiencia incidental a celebrarse el 21 de este mes, pero se negó a recibir la notificación con el argumento de que la aceptaría el día de la cita.

Agregó que su actuación se apega a los principios de legalidad establecidos por las normas vigentes, por lo que rechazó que la suspensión de actividades del funcionario responda a una persecución política.

Refirió que intervino en el caso a partir de una denuncia vecinal presentada el 22 de febrero por presuntas irregularidades, al levantar la suspensión y reanudarse la construcción en la calle General Francisco Murguía 86, tal y como quedó asentado en el expediente OIC/MH/D/067/2022 y su acumulado OIC/MH/D/140/2022.

Como parte de la indagación, el 5 de abril de este año, la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil informó que la unidad de la alcaldía en esa materia determinó que el inmueble es de alto riesgo por la saturación de agua en un talud, lo que no fue tomado en cuenta por el funcionario.

El levantamiento injustificado de la suspensión y el retiro de los sellos contraviene lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, que establece que incurrirá en abuso de funciones la persona servidora pública que: b) Con motivo del cargo, puesto o comisión que desempeña realiza o induzca a la realización de actos u omisiones que generen un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el artículo 52 de esta Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público.

Se pidieron informes sobre los motivos del retiro de la suspensión, su levantamiento y la orden de su reposición, de ser el caso, así como verificar que los trabajos cumplan con la separación y protección hacia las colindancias, sin que a la fecha se haya respondido.

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