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Va la FGR tras el "patrón" de los mineros atrapados en Coahuila

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Rescatistas trabajan para sacar a los 10 mineros que quedaron atrapados en una mina de carbón en Sabinas, Coahuila. La imagen, de ayer. Foto Afp
12 de agosto de 2022 08:19

Ciudad de México. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a un juez federal que realice una audiencia inicial en la cual el Ministerio Público imputará a un hombre identificado como Cristian S los delitos de actos de dirección y administración, en la explotación ilícita del subsuelo que es un bien de la nación, a través de la mina conocida como El Pinabete, en Sabinas, Coahuila, donde 10 mineros quedaron atrapados desde el pasado 3 de agosto.

De acuerdo con fuentes judiciales, el hombre que será imputado ya declaró ante el Ministerio Público, pues fue quien en su presunta calidad de representante jurídico de la minera registró ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a los trabajadores de la mina El Pinabete.

Según la información difundida por la FGR, Cristian S –como lo identifica la fiscalía general– incumplió con las obligaciones que la ley le impone a quien realiza ese tipo de actividades.

A través de una tarjeta informativa la FGR dio a conocer que este jueves “presentó su solicitud de audiencia judicial ante el Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Coahuila, en la ciudad de Torreón, para imputar a Cristian S, su probable participación en la comisión de los siguientes hechos presuntamente delictivos: Su responsabilidad en todos los actos de dirección y administración, en la explotación ilícita del subsuelo que es un bien de la nación, a través de la mina de carbón mineral conocida como El Pinabete, en Sabinas, Coahuila, incumpliendo con las obligaciones que la ley le impone a quien realiza ese tipo de actividades.

Para el Ministerio Público Federal “esos hechos, constituyen el delito de explotación ilícita de un bien que pertenece a la nación, previsto y sancionado en el artículo 150 de la Ley de Bienes Nacionales, tratándose de un delito de acción permanente y dolosa, en los términos señalados en el Código Penal Federal, fundamentalmente, en sus artículos 8, 9 y 13.

En dicha formulación de imputación, se señalarán las personas que han declarado al respecto, así como todos los datos de prueba, como dictámenes en documentación fotográfica, en materia criminalística de campo, en ingeniería y arquitectura, en investigación criminal, así como las inspecciones y entrevistas correspondientes.

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