La gobernadora de Campeche, Layda Sansores, impugnó la suspensión de plano que el otorgó el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, al dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, que lo salvaguarda de la difusión de nuevos audios que lo exhiben ante la opinión pública de supuestos delitos y actividades irregulares.
El juez Víctor Hugo Alejo Guerrero turnó la impugnación ante un tribunal colegiado en materia penal del estado para notificarle que es cierto el acto reclamado. Ahora los magistrados resolverán si confirman, modifican o revocan el fallo de primera instancia.
Hace una semana, cuando la gobernadora fue notificada de la suspensión otorgada al también diputado federal, la mandataria morenista retiró de sus redes sociales el audio de Moreno Cárdenas en el cual comenta sobre presuntos acuerdos con periodistas y columnistas.
A su vez, Moreno Cárdenas, denunció ante el mismo juez de distrito a la gobernadora de Campeche, por el desacato a la suspensión de plano que se le otorgó contra la difusión de audios, fotografías y del discurso de odio.
Por ello, el priísta interpuso un incidente de violación a la suspensión de plano concedida la semana pasada.
Sin embargo, el impartidor de justicia Alejo Guerrero, rechazó resolver el recurso, debido a que el 14 de julio declinó la competencia del juicio de amparo a un juzgado de Campeche y ordenó turnar el incidente de Moreno Cárdenas al órgano jurisdiccional competente.
“Se tiene al quejoso interponiendo incidente de violación a la suspensión de plano, agréguese a los autos del expediente en que se actúa y provéase lo conducente. Toda vez, que el 14 de julio del año en curso, este juzgado declinó la competencia del presente asunto, al Juzgado de Distrito con residencia en el Estado de Campeche, en turno, y que posteriormente el 19 siguiente, reiteró dicho pronunciamiento (previo proveer sobre la suspensión de plano en este asunto), es patente que se carece de competencia para seguir actuando y por ende, se ordena remitir el escrito de cuenta, así como la totalidad de las copias que se acompañaron para su substanciación en el juzgado que resulte competente” señala el acuerdo del juez.