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Exonera TEPJF a AMLO de actos anticipados de precampaña y campaña

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Sala de sesiones del TEPJF en imagen de archivo. Foto Roberto García
14 de julio de 2022 19:12

Ciudad de México. La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al presidente Andrés Manuel López Obrador por los mensajes divulgados durante las conferencias de prensa del 29 de abril y 1 de mayo que a juicio del PAN eran actos anticipados de precampaña y campaña rumbo a la elección de 2024.

Los magistrados rechazaron también los argumentos del blanquiazul según los cuales el mandatario vulneró los principios de equidad y neutralidad en la contienda en las mañaneras referidas, así como la reunión con legisladores federales en Palacio Nacional, el 28 de abril.

El PAN denunció la falta de “deber de cuidado” atribuida a Morena, pero los jueces electorales rechazaron los planteamientos de los denunciantes.

“La consulta propone declarar la inexistencia de las infracciones dado que no se acredita el elemento subjetivo de actos anticipados de precampaña y campaña, que atiende a la finalidad de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido para contender en un procedimiento interno o en un proceso electoral o la intención de obtener la candidatura o cargo de elección popular”.

Tampoco se acredita la existencia de equivalentes funcionales que permitan inferir que en los mensajes exista alguna manifestación del llamado a votar de cierta persona en específico, la exposición a alguna candidatura con miras al proceso electoral federal 2023-2024, indicó.

Por tanto, no se acreditan las infracciones atribuidas a concesionarias de radio y de televisión que divulgaron la mañanera, puesto que las manifestaciones del Presidente de la República no fueron calificadas como ilegales, razón por la cual el hecho de que lo hubieran difundido no es contrario a la normativa electoral. Por tanto tampoco existe infracción cometida por Morena.

La magistrada Gabriela Villafuerte subrayó que los señalamientos hacia procesos electorales futuros es una “lógica común” de hace tiempo, por parte de los involucrados en la política.

Las resoluciones de la Sala Especializada del TEPJF pueden ser impugnadas en la Sala Superior de este Tribunal.

 

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