La Comisión Reguladora de Energía (CRE) busca que el tope de precios de gas licuado de petróleo (LP), que inició en agosto del año pasado, se extienda de manera indefinida debido a la creciente inflación y hasta que existan elementos que permitan un mejor desarrollo del mercado del mercado.
A poco más de un mes de que concluya la prórroga por seis meses de la medida que fija los precios del energético que es utilizado en 8 de cada 10 hogares en el país, el órgano regulador envió un proyecto de acuerdo a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para ampliar por tiempo indefinido esta política que intenta “proteger los intereses” de los usuarios del combustible doméstico.
El documento propone dejar sin efectos los acuerdos A/024/2021, que establece la regulación de precios máximos de gas LP objeto de venta al usuario final y el A/001/2022, que otorgaba la ampliación del primero por seis meses más.
La propuesta justifica que esta medida busca cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo, que busca evitar “incrementos impositivos” en los combustibles, sobre todo si “perjudican el interés social y la economía de todos los mexicanos”.
La CRE comentó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en su dictamen preliminar sobre una investigación para determinar si existen condiciones de competencia efectiva en la distribución no vinculada a ductos de gas LP nivel nacional, señaló que por las características del mercado, “la concentración de éste difícilmente presentarán modificaciones sustanciales en el corto plazo”.
“Además del monitoreo del mercado de gas LP que realiza la CRE se observa que hay elementos para determinar que no existen condiciones de competencia efectiva en las actividades de comercialización, distribución y expendio al público de gas LP y, por lo tanto, no existe un mercado competitivo en México.
Anotó que bajo la estructura de mercado en el que los agentes económicos establecen precios con altos márgenes de ganancia, los usuarios observan afectaciones y se restringe el pleno desarrollo del sector energético.
El documento señala que los permisionarios para la comercialización, distribución mediante planta de distribución, auto-tanque y vehículos de reparto deberán cumplir los términos del acuerdo, pero en caso de no acatarlo serán acreedores a las sanciones contenidas en las disposiciones jurídicas aplicables.