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Emite CNDH recomendación al INM por detención de colombianos en AICM

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Usuarios de la T1 del AICM en imagen de archivo. Foto Guillermo Sologuren
08 de junio de 2022 20:45

Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, por detener a un adulto con su hija menor de edad, colombianos solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiados, en las instalaciones del INM en la Terminal 1 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Las víctimas arribaron a territorio nacional el 4 de febrero de 2022 y personal de ese Instituto determinó su rechazo “aún cuando se detectó la necesidad de protección internacional en favor de la menor de edad, por lo que se notificó a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR)”.

En la Recomendación 106/2022, la CNDH advirtió que las víctimas estuvieron cinco días en el área de tránsito sin visa de la Terminal 1 del AICM, el cual ocupa un área de aproximadamente 60 metros cuadrados, donde también se encuentran mujeres y hombres acompañados de niñas, niños y adolescentes, que fueron inadmitidos en territorio mexicano y las personas extranjeras que están de tránsito.

Este Organismo Nacional contó con elementos de prueba que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica e interés superior de la niñez en agravio de las víctimas.

Por tal motivo, la CNDH solicitó al comisionado del INM que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se inscriba en el Registro Nacional de Víctimas a quien por derecho corresponda, y se les otorgue la reparación integral del daño causado.

De igual forma, pide se gire una circular en la que se instruya a las personas servidoras públicas del INM en la terminal 1 del AICM para que, cuando las personas solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado se encuentren en las áreas de tránsito sin visa o rechazo, se resuelva su situación migratoria conforme a lo establecido en la Ley de Migración y su Reglamento, priorizando la situación de vulnerabilidad como en el caso de niñas, niños y adolescentes, atendiendo a los principios del Interés Superior de la Niñez, Unidad Familiar y no detención.

 

 

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