Ciudad de México. La Fiscalía General de la República (FGR) entregó en la oficialía de partes del Poder Judicial Federal su apelación contra la decisión que tomó la semana pasada el juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, para no enjuiciar a cuatro abogados relacionados con el ex consejero Jurídico, Julio Scherer Ibarra, y que según las investigaciones, conformaron una asociación delictuosa.
El recurso fue entregado la noche del martes pasado, horas antes de que venciera el plazo legal, por la fiscal María Eugenia Castañón Osorio, y en las próximas horas será turnado a un tribunal colegiado para su análisis y resolución.
Tal como lo expresó desde el jueves de la semana pasada en un comunicado, la FGR sostiene que Delgadillo Padierna no se condujo con imparcialidad ni profesionalismo durante la audiencia en donde desechó las acusaciones presentadas por la fiscalía.
"El juzgador hizo manifestaciones contrarias a la litis, ya que de forma injusta e insultante el juez señaló a la FGR de emplear versiones inverosímiles, que hubo una actuación de mala fe, que ocultó información, que se emplearon pruebas fabricadas, que se afirmaron falsedades, que se apostó al error judicial y que nuestro actuar había sido perverso indicando: 'si en el actuar del Ministerio Público existe perversidad, se necesita a Dios como abogado'. Sin embargo, la frase completa refiere que 'el que tiene por juez a un acusador, necesita a Dios por abogado'”, sostiene la FGR en su solicitud de apelación.
Se trata de la carpeta de investigación abierta por la fiscalía en contra de Juan Antonio Araujo Riva Palacio, César Omar González Hernández, David Gómez Arnau e Isaac Pérez Rodríguez, basada en las declaraciones del también abogado Juan Collado Mocelo, según las cuales los cuatro señalados le aseguraron que Scherer Ibarra podría sacarlo de la cárcel a cambio de cantidades millonarias de dinero.
En su petición, la FGR incluye que, de aceptarse su apelación y reponerse el proceso, el caso ya no sea asignado al juez Delgadillo Padierna, quien aseguran, su actuación “ni fue imparcial, ni objetiva ni profesional, por lo que debe ser revocada y, en su lugar, debe emitirse otra conforme a derecho, sin devolverle la jurisdicción al A quo (juez de control), pues éste tiene impedimento para seguir conociendo del asunto".