Ciudad de México. Debido a una "alineación indebida", los Tigres fueron sancionados con la modificación del marcador del partido de vuelta de su semifinal del torneo Clausura-2022 en el que vencieron 4-2 el Atlas, el sábado pasado en el estadio Universitario.
"Se sanciona al club Tigres con la pérdida del partido disputado el día 21 de mayo... debiendo quedar el resultado de dicho encuentro 0-2 en favor del Atlas", fue una de las tres sanciones que la Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Futbol dio a conocer este jueves.
Con ese 2-0 en contra, los Tigres perdieron oficialmente la eliminatoria con marcador global de 5-0.
La segunda sanción es "una multa económica" y la tercera es dejar "sin efectos los goles anotados por el club Tigres".
Tres de los goles en ese triunfo de 4-2 fueron anotados por André-Pierre Gignac. Con ese triplete, el delantero francés había llegado a 167 goles con los felinos desde su incorporación al equipo en 2015.
Tras la aplicación de la tercera sanción relativa a los goles, la cuenta individual del delantero francés con los Tigres fue ajustada y bajó a 164.
En ese partido, los Tigres cometieron una infracción al Reglamento de Competencia de la Liga MX al exceder el límite de ocho futbolistas considerados "No Formados en México" permitidos sobre la cancha durante el partido.
Miguel Herrera, director técnico de los Tigres, mandó una alineación titular con ocho futbolistas "No Formados en México": el portero Nahuel Guzmán (argentino), el defensa Igor Lichnovsky (chileno), los mediocampistas Rafael Carioca (brasileño), Guido Pizarro (argentino) y Yeferson Soteldo (venezolano), y los delanteros André-Pierre Gignac (francés), Luis Quiñones (colombiano) y Carlos González (paraguayo).
Para el segundo tiempo ingresó el francés Florian Thauvin de cambio por el mexicano Hugo Ayala y ahí los Tigres violaron los artículos 48 y 49.7 del Reglamento de Competencia de la Liga MX.
El artículo 48 ordena que en los partidos de la Liga MX "participen mínimo tres jugadores Formados en México de manera permanente".
Y el artículo 49.7 dice que "se considera alineación indebida no cumplir con la distribución de jugadores de conformidad con el artículo 48".