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Por decreto, patrones están obligados a facilitarle a sus empleados salir a votar

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Durante la instalación de casillas para la revocación de mandato realizada el 10 de abril pasado. Foto Luis Castillo
28 de abril de 2022 12:25

El presidente Andrés Manuel López Obrador emitió en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se obliga a los patrones o empleadores a conceder a los trabajadores el tiempo necesario para que ejerzan su derecho al voto en las elecciones populares, como en los procesos de revocación de mandato.

Se trata de las reformas a la fracción IX del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, que establece: “Son obligaciones de los patrones: conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, los procesos de revocación de mandato y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, dentro de sus horas de trabajo”.

Asimismo también se modificó la fracción V del artículo 204, sobre las “obligaciones especiales” de los empleadores para garantizar este tipo de ejercicios democráticos, “siempre que la seguridad del buque lo permita y no se entorpezca su salida en la fecha y hora fijadas”.

El decreto, publicado este jueves en el DOF, entrará en vigor mañana.

Las reformas a la LFT fueron aprobadas por la Cámara de Diputados en diciembre del año pasado, y por el Senado de la República en marzo anterior, permite a los trabajadores ausentarse de sus centros laborales para garantizar que haya una mayor participación ciudadana en los procesos electorales.

En la consulta de revocación de mandato, ejercicio realizado por primera vez el pasado 10 de abril, se alcanzó una participación de 17 por ciento. Para que sea vinculante se requería 40 por ciento, de acuerdo con lo establecido en la ley.

Asimismo, el Ejecutivo federal también publicó el decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo, para incorporar nuevas tecnologías a la normatividad laboral en materia de seguridad de trabajo.

“En los casos en los que existe un alto riesgo que implique la pérdida de la vida o se comprometa seriamente la salud del trabajador, considerando, sobre todo la naturaleza del trabajo, las disposiciones reglamentarias o normativas considerarán el uso de la tecnología y de las herramientas de trabajo que sean innovadoras y que coadyuven a las labores de seguridad en los centros de trabajo”, establece la promulgación que entra en vigor mañana.

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