Ciudad de México. El Segundo Tribunal Colegiado con sede en Tamaulipas concedió la suspensión definitiva al gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, que ordena a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), descongelar sus cuentas bancarias.
La medida cautelar es para el efecto de que se ordene el desbloqueo de las cuentas bancarias del mandatario estatal, a fin de que pueda realizar operaciones financieras y disponer de sus recursos.
El colegiado señaló que hasta este momento la UIF “no ha aportado documentación que soporte la existencia de una petición expresa de realizar el bloqueo de cuentas, emitida por autoridades extranjeras u organismos internacionales que, acorde con algún tratado bilateral o multilateral, cuenten con atribuciones en la materia y con competencia para realizar una solicitud de tal índole”.
En mayo el año pasado, la UIF a cargo de Santiago Nieto congeló tres cuentas que el panista abrió en sucursales de BBVA Bancomer, Banregio y Banorte, al sostener que el aseguramiento derivó de una investigación internacional por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Los magistrados revocaron el fallo del Juzgado Séptimo de Distrito del Decimonoveno Circuito, quien en julio del año pasado le negó la medida cautelar, al argumentar que la UIF acreditó que el bloqueo derivó de una solicitud que realizó el 4 de mayo del año pasado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos.
Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado señaló que "en el comunicado suscrito por el agregado jurídico no se advierte que se pida el bloqueo de cuentas bancarias, sino deja a discreción de la autoridad fiscal nacional haga la inmovilización aludida, según se advierte de su contenido. El comunicado aludido es una cuestión previa, a saber, que la Unidad de Inteligencia Financiera considere llevar a cabo una ponderación mediante la cual pueda determinar si ordena o no el bloqueo de cuentas bancarias”.
Por ello agregó que “la petición así planteada en el comunicado de 4 de mayo de 2021 del Agregado jurídico de la Embajada de los Estados Unidos, correspondiente al Departamento de Justicia, conduciría a que sea la Unidad de Inteligencia Financiera la que por sí y ante sí (sin petición expresa internacional) ordenara el bloqueo de cuentas del quejoso, cuestión que, como se ha señalado, está vedada por la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, indicaron los magistrados en su resolutivo.