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TFJA confirma pago resarcitorio de ex rector de la UAEMor involucrado en la estafa maestra

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Para el magistrado se violaron varios artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ya que a la entidad que se le adjudicó el contrato, en este caso la UAEMor. Foto tomada del Twitter de @UAEM_MX / Archivo
27 de abril de 2022 20:41

Morelos. El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), confirmó la resolución de la Auditoria Superior de la Federación (ASF), donde estableció a Gerardo Ávila García, ex rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEMor), el pago de una responsabilidad resarcitoria de 188 millones 662 mil pesos y a Juan Carlos Rico Campos, ex director de Bienestar del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), de un millón de pesos, debido a irregularidades detectadas en la triangulación de recursos conocido como la estafa maestra.

En el caso de Ávila García, el pleno de la Sala Superior del TFJA, aprobó el proyecto que asumió el magistrado Guillermo Valls Esponda, quien señaló que la autoridad motivó y fundo sus argumentos para acusar al ex servidor público, quien en su demanda cuestionó si el director general de responsabilidades de la unidad de asuntos jurídicos de la ASF contaba con facultades, era de su competencia imponer la sanción resarcitoria y si se aplicó la normatividad vigente al momento de emitirla.

El impartidor de justicia afirmó que dicha autoridad sí cuenta con competencia para iniciar y resolver dicho procedimiento, de acuerdo con la Ley de Fiscalización y Revisión de Cuentas de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009.

A Gerardo Ávila García se le acusa de conductas irregulares, ya que suscribió el anexo técnico número uno del convenio de colaboración del 6 de mayo de 2013, entre la entonces Sedesol y la UAEMor. No obstante, el magistrado añadió que fue un contrato indebido, ya que las condiciones eran que la universidad no podía subcontratar más de 49 por ciento de lo acordado a un tercero, para el cumplimiento de las obligaciones pactadas.

Para Valls Esponda se violaron varios artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ya que a la entidad que se le adjudicó el contrato, en este caso la UAEMor, no tuvo capacidad de cumplir con la responsabilidad adquirida.

Respecto a Juan Carlos Rico Campos, ex director de Bienestar Imjuve, el magistrado Rafael Estrada Sámano, dijo que se determinó la responsabilidad resarcitoria al suscribir un convenio de colaboración también con la UAEMor, quien a su vez contrató aun tercero para realizar los servicios pactados. “Al suscribir el acta de entrega (el actor) no verificó que los entregables cumplieran con las especificaciones señaladas en el anexo único del convenio de colaboración y en consecuencia, tal acción causó un daño a la hacienda pública federal”.

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