Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la última impugnación en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), al considerar que este asunto quedó sin materia, pues apenas ayer se declaró la inconstitucionalidad de esta norma cuando el pleno de ministros resolvió otras dos acciones contra este registro.
“Toda vez que en la presente resolución se está declarando la invalidez del sistema normativo introducido por el decreto impugnado y a fin de no generar un vacío normativo que afecte las competencias de este instituto, la invalidez decretada tendrá por efecto expulsar del ordenamiento jurídico la porción normativa referida al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, señaló la ministra ponente, Norma Lucía Piña, al plantear su resolutivo.
El asunto sobreseído era la controversia constitucional 71/2021, promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTYT) que daban base legal al Panaut.
Este órgano autónomo promovió la impugnación alegando que no se le dieron los recursos necesarios para implementar este registro. Cuando promovió la controversia consiguió que la SCJN le otorgara una suspensión, con lo que consiguió que se congelara la implementación del Panaut.