Toluca, Méx. La Secretaría de Seguridad del Estado de México publicó este viernes en Gaceta de Gobierno los lineamientos para la aplicación de multas de tránsito en el territorio estatal. En el documento se establece que únicamente las agentes de tránsito de la dependencia podrán detener automovilistas e imponer multas por violaciones al reglamento en la materia, en las vías de jurisdicción estatal y en las federales que se convengan con el gobierno de México.
Los lineamientos señalan que las agentes de tránsito serán plenamente identificadas por portar uniformes con distintivos naranjas y vehículos con distintivos en el mismo color.“Solo las Agentes de Tránsito se encuentran facultadas para imponer las sanciones a que se refiere el Libro Octavo del Código Administrativo del Estado de México, el Reglamento y demás disposiciones respectivas, aplicables en materia de tránsito, quienes contaran con una terminal electrónica Hand Held, que les permitirá emitir el documento impreso en el que conste la infracción y que la población pueda pagar en sitio con toda confianza y seguridad mediante tarjeta de crédito o débito, la multa a la que se haya hecho acreedor el automovilista, y se distinguirán por los uniformes y vehículos con distintivos en color naranja”, señala textualmente en el artículo quinto de dicho ordenamiento.
Los lineamientos señalan que cualquier servidor público de la Secretaría que no reúna las características antes referidas, “carece de facultades para sancionar en materia de tránsito, y se podrá, por lo tanto, iniciar en su contra una denuncia ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y/o una queja a través de la Unidad de Asuntos Internos de la dependencia”.
También se estipula que cuando el vehículo que conduzca el infractor se encuentre matriculado fuera del Estado de México, la agente de Tránsito que levante la infracción podrá retener la tarjeta de circulación, la licencia del conductor o la placa de matrícula de auto, como medida para garantizar el pago de la multa, cuando no sea posible realizar el pago inmediato. La oficial deberá remitir el documento retenido o la placa a la oficina correspondiente, debiendo informar al infractor de los beneficios a que tiene derecho por pronto pago, así como el lugar en que podrá recoger el documento o la placa retenida.
Los lineamientos indican que solo se podrá retener el vehículo cuando circule sin placas o el documento que justifique la omisión; las placas no coincidan en números y letras con la calcomanía o la tarjeta de circulación; cuando el vehículo no tenga tarjeta de circulación; cuando la licencia o permiso de conducir esté vencida; por estar estacionado en lugar prohibido o en más de una fila y su conductor no esté presente, así como invadir o estacionarse en los carriles derecho de circulación y de contraflujo o confinado para los vehículos de transporte público; por conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o enervantes; por conducir un auto que no cuente con holograma de verificación vehicular vigente, que sea ostensiblemente contaminante o que circule cuando tenga restricción de carácter ambiental y no le corresponda.
Los conductores que tengan multas de tránsito no podrán realizar trámites de control vehicular, renovación de licencia o verificación si no se cubren las multas previamente.
La Secretaría habilitó el sitio web https://infracciones.edomex.gob.mx/ para la búsqueda de infracciones, descarga del formato de pago y lugares donde puede cubrir la multa.