Ciudad de México. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se reforman los Lineamientos para el otorgamiento de Recursos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a personas en situación de víctima, con el fin -expuso- “de volver más sencillos los trámites administrativos” para la solicitud de este tipo de apoyos y la comprobación de gastos.
La CEAV otorga recursos para los traslados terrestres o aéreos de las víctimas que lo requieren, a fin de que su movilidad sea fácil, rápida y segura; también para sus alojamientos, con el objetivo de que tengan estancias cómodas y seguras, así como apoyos para su alimentación.
Al respecto, la Comisión precisó en el numeral 4.1 del artículo primero de dichos lineamientos que los gastos por concepto de transportación, hospedaje y/o alimentación que requieran las víctimas para trasladarse, cuando se ubiquen en los supuestos previstos en los artículos 39 o 39 Bis de la Ley General de Víctimas, serán dictaminados y en su caso determinados por la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica Federal.
En el numeral 23, sobre los apoyos para traslados, puntualizó que se cubrirán gastos de acompañante de la víctima, cuando derivado de las necesidades particulares lo justifiquen, en este último supuesto, deberá constar en la solicitud de la autoridad requirente. Para viajes menores a 50 kilómetros, el gasto de transportación local a cubrir será el equivalente a un monto máximo de 500 pesos diarios.
Respecto al hospedaje indicó que el monto total no podrá exceder la cantidad de mil 500 pesos por noche por habitación. Sobre la ayuda a alimentación, especificó que no se puede exceder los 300 pesos por cada alimento, es decir, habrá un monto máximo de 900 pesos por día, mismos que comprenden desayuno, comida y cena.
En cuanto a servicios médicos, aclaró que para solicitar las ayudas se requiere la constancia que acredite que la institución hospitalaria pública obligada a otorgar el apoyo no prestó las medidas de ayuda a la víctima.
La CEAV también destacó que la comprobación de gastos ayuda a conservar el presupuesto y garantiza que los recursos lleguen de manera directa a las personas que fueron víctimas de delitos o violaciones a los derechos humanos, por ello el documento idóneo para la comprobación fisca es el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet). No obstante, con la actualización de los lineamientos, en caso de que las personas beneficiarias no puedan obtenerlo se prevén otros comprobantes de la misma Comisión.
Como parte de la vigilancia en el uso de los recursos, en las reformas a los lineamientos también se estableció que ahora la Dirección General de Administración y Finanzas, encargada de efectuar los pagos que correspondan a los beneficiarios de los Recursos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, deberá presentar mensualmente a la persona titular de la Comisión Ejecutiva, un informe respecto de la operación y aplicación de los recursos asignados.