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Cobranza delegada no salvaguarda los salarios: Condusef

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La capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder el 35 por ciento de su percepción o ingresos netos. Foto Afp
18 de marzo de 2022 20:21

La cobranza delegada, que legaliza el descuento de los créditos de nómina antes del pago de los salarios, no regula de forma equitativa, ni salvaguarda la economía de los trabajadores, aseguró la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Después de que los diputados de Morena y sus aliados aprobaron el dictamen en la materia, el organismo descentralizado del gobierno federal y sectorizado a la Secretaría de Hacienda emitió un posicionamiento para “señalar con claridad los serios inconvenientes y posibles afectaciones a la economía de los trabajadores”.

“Si bien regula, no lo hace de forma equitativa y salvaguardando el interés primordial de los usuarios de servicios financieros, en este caso la economía familiar de los trabajadores”, dijo.

Comentó que desde que la iniciativa se presentó en el Senado, se plantearon consideraciones para proteger a los trabajadores que contratan créditos de nómina.

Consideró que la cobranza delegada es contraria al principio de progresividad de los derechos de los trabajadores, los cuales no pueden ir en retroceso, limitarse o restringirse.

Mencionó que pagar créditos a través de descuentos de nómina, conocido como libranza con carácter de irrevocable limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito, independientemente de que la diferencia en tasas sea mucha o poca.

Reiteró que la capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder el 35 por ciento de su percepción o ingresos netos, pues más allá de ese monto, “tiene un alto riesgo de impago y, como consecuencia, conflictos económicos, familiares y personales”.

Anotó que el sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia, así como un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público.

La cobranza delegada permitirá que sociedades financieras cobren mayores tasas de interés a los asalariados, al aplicar un factor de hasta 1.2 puntos que se multiplicará por el costo anual total (CAT).

Sobre ello, indicó que el CAT promedio que ofrecen las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple y Entidades No Reguladas (SOFOM y ENR), conocidas coloquialmente como “nomineras”, exceden las tasas de interés que por créditos de nómina o créditos personales ofrecen otros agentes del sistema financiero mexicano, como los bancos.

Subrayó que las “nomineras” han otorgado créditos a trabajadores cuyo riesgo crediticio es bajo, ya que la fuente de pago está garantizada a través del propio salario del trabajador, por lo que no se justifican las altas tasas de interés.

Apuntó que la cobranza delegada prevé obligaciones excesivas para los patrones, que además los convierte en depositarios y obligados solidarios con todos los efectos legales correspondientes, mientras que la administración de la retención de la nómina se convierte en una carga para las áreas de recursos humanos.

 

 

 

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