El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo general por el cual reforma diversas disposiciones que regulan la difusión de las videograbaciones de las sesiones públicas de los tribunales colegiados y plenos de circuito
Para ello, se reformaron los artículos 27, párrafos segundo y sexto, y 35 Bis; asimismo, se adicionó un párrafo séptimo al numeral 27, al Acuerdo General 8/2015, del Pleno del CJF, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito.
También se reformaron los artículos 1, párrafo cuarto; 18 Bis; 20, párrafo segundo y 23, párrafo tercero; asimismo, se adiciona un párrafo quinto y sexto al numeral 1, al Acuerdo General 16/2009, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión. En el mismo sentido el artículo 36, párrafo cuarto, que establece las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública en el Consejo
Además, se modificó el artículo 30, último párrafo, del Acuerdo General 12/2020, del Pleno del CJF que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo. El acuerdo entrará en vigor el 10 de marzo de 2022 para los tribunales colegiados y el 1 de abril del mismo año para los Plenos de Circuito.
Según el documento, entre los acuerdos que se pueden consultar en el DOF, están que las sesiones ordinarias se celebrarán al menos una vez al mes, en los días y horas hábiles que acuerden los magistrados integrantes del Pleno y durante los periodos a que hace referencia el artículo 75 de la Ley Orgánica, siempre y cuando existan asuntos por resolver. En el caso de las sesiones regidas por el principio de publicidad, se transmitirán en vivo por internet y posteriormente podrán ser consultadas desde la Biblioteca Virtual de Sesiones.
Cuando las sesiones no pudieran ser transmitidas en vivo por internet por razones de fuerza mayor, caso fortuito o fallas técnicas, quienes integren el órgano jurisdiccional respectivo deberán hacer constar las razones fundada y motivadamente, mediante oficio remitido a la unidad de transparencia, cuyo titular determinará si fuese necesaria la reposición del video a fin de incorporarlo a la Biblioteca Virtual de Sesiones.
La Dirección General de Tecnologías de la Información, será la encargada de brindar atención técnica y planeación de la logística operacional para el desarrollo de las videoconferencias, en el marco del Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo y su Anexo Técnico; así como para la transmisión en vivo por internet de las sesiones".