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Pospone SAT aplicación de sanciones por falta de Carta Porte

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Oficinas del SAT en la capital del país. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
09 de marzo de 2022 12:43

Ciudad de México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplazó seis meses la aplicación de sanciones a contribuyentes que no usen la factura electrónica con comprobante Carta Porte en el traslado de mercancías.

Detalló que en lugar de comenzar a aplicar penalidades por su omisión a partir del 1 de abril, lo hará en el primer día de octubre, “en razón de un proceso de incorporación por parte de algunos usuarios”.

Agregó que a la fecha 57 mil contribuyentes emiten sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte, un documento que prueba la existencia de un contrato de traslado de mercancías.

Propuesto como un mecanismo para reducir la gran informalidad a través del contrabando, el SAT propuso que el complemento Carta Porte se digitalizara, como la factura, en orden de evitar comprobantes apócrifos.

No obstante, la medida se enfrentó a amparos y al mismo retraso en el SAT para reconvertir a tiempo sus sistemas tecnológicos, dado que también se debía implementar el Régimen Simplificado de Confianza.

Así lo reconoció en enero Raquel Buenrostro, jefa del SAT. “Es preferible prorrogar que quitar el Carta Porte porque los que están promoviendo que se quite son gente que tienen una gran evasión fiscal, defraudaciones y vínculos con temas de contrabando y mercancía robada”, declaró.

Aplaude IMCP aplazamiento

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) celebró que se haya postergado la imposición de sanciones para los contribuyentes que no cumplan con el complemento Carta Porte adjunto a la factura electrónica, pero advirtió que aún con los nuevos plazos se debe acotar al instrumento, a fin de que sólo respalde el traslado y no la posesión de mercancías.

En conferencia de prensa, integrantes del IMCP detallaron que la digitalización del Carta Porte, un instrumento que sirve para comprobar un contrato de traslado de mercancías, se ha enfrentado a que son pocas las empresas con infraestructura y tecnología para cubrir a tiempo con ese nuevo requerimiento fiscal.

Horas antes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que dará seis meses más para que los contribuyentes adjunten el Carta Porte a sus facturas electrónicas; este requerimiento entró en vigor el 1 de enero, pero de inicio tuvo un periodo de tres meses antes de que se comenzaran a aplicar sanciones por no contar con él.

A menos de un mes de que venciera el primer plazo fijado para el 31 de marzo, y con sólo 57 mil contribuyentes que ya cumplen con la disposición, el SAT amplió el periodo de gracia hasta el 30 de septiembre. A partir de octubre quienes trasladen mercancía sin un respaldo del Carta Porte digital podrán ser embargados y acreedores a multas.

Al respecto, Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP, explicó que más allá de los plazos, la disposición del Carta Porte, tal cual está, implica mayor papeleo y un riesgo a la seguridad de los dueños de mercancías, dado el grado de detalle que debe haber sobre los dueños de cada uno de los bienes que se trasladen.

En ese sentido, se planteará al SAT que el Carta Porte quede en un instrumento que sólo acredite el traslado de mercancías y no necesariamente la pertenencia, posesión o legal estancia de éstas en el país, pues podría ser un instrumento de información para el crimen, agregó Grajeda Trejo.

José Gallegos, presidente de la Comisión Fiscal, recalcó que además del tema de pertenencia, posesión o legal estancia de las mercancías, otro problema es la presunción del delito de contrabando que acompaña a la disposición, pues se impone a la Ley Aduanera. Además, consideró el contador, debería aplicar sólo a bienes importados, no a los que se trasladan dentro del país.

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