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Restricciones a proceso de Revocación no afecta libertad de expresión: TEPJF

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Sesión virtual del TEPJF de este 02 de marzo de 2022
02 de marzo de 2022 19:00

Ciudad de México. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó las restricciones de propaganda gubernamental y de promoción del ejercicio de revocación de mandato a los servidores públicos, al señalar que tienen fundamento constitucional. En tal sentido, determinó que éstas no afectan la libertad de expresión de funcionarios y legisladores, como lo pretendía hacer valer algunos legisladores locales de San Luis Potosí.

En la sesión de la Sala Superior, los magistrados destacó que la disposición impugnada no afecta desproporcionadamente ni la libertad de expresión ni la rendición de cuentas el recurrente pues “tiene como finalidad garantizar a la ciudadanía las condiciones para que en los procesos de Revocación de Mandato puedan emitir una decisión personal a partir de información imparcial y objetiva”.

Por otro lado, desestimó un recurso promovido por el PRD en contra del dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, a quien se le atribuía una promoción indebida de la revocación de mandato. Con ello confirmó la resolución de la Sala Especializada toda vez que “ el material denunciado no constituye una indebida promoción del proceso de Revocación de Mandato. Con relación al uso de recursos públicos, concluyó que no existían pruebas de que se hubieran utilizado recursos del partido para desarrollar una campaña de difusión del referido ejercicio de participación ciudadana”.

Finalmente, al resolver diversas recursos promovidos por Morena en contra de resoluciones del Instituto Nacional Electoral en los que le impuso multas por la indebida afiliación de militantes, el TEPJF determinó que el padrón de militantes de los partidos políticos debe estar integrado únicamente por aquellas personas que en realidad hayan solicitado de manera libre su afiliación y por lo tanto, existe la obligación de tenerlo actualizado y de conservar el soporte documental respectivo.

Por tal motivo destacó que si una persona denuncia que fue afiliada sin su consentimiento, corresponde a los propios partidos políticos la carga de probar que ese individuo expresó libremente su voluntad de afiliarse, debiendo exhibir el documento correspondiente.

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