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Preocupa a Conadic y OPS excepción arancelaria a cigarros electrónicos

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"La OMS ha considerado que estas tres categorías de dispositivos electrónicos son indudablemente dañinos, nocivos y ostentan externalidades negativas para la población cuyos riesgo podrían equipararse a los riesgos y daños del tabaco combustible". Foto Ap / Archivo
23 de febrero de 2022 13:10

Ciudad de México. La Comisión Nacional contra las Adiciones (Conadic), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la organización Salud Justa expresaron su preocupación por la “excepción” que se hace en la nueva Ley de Impuestos Generales de importación y exportación en una de las tres categorías de dispositivos electrónicos de tabaco, pues contraviene el decreto presidencial publicado en el DOF el 22 octubre de 2021.

Por ello solicitaron al senado corregir esta situación, pues afecta el derecho a la salud de la población.
Carlos Gámez, asesor de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco del Conadic detalló que existen tres categorías: los sistemas electrónicos de administración de nicotina, los sistemas similares sin nicotina y los sistemas alternativos de consumo de nicotina, y es en esta última categoría sobre la cual se exceptúa la prohibición en la minuta, lo cual tiene graves implicaciones en la política nacional de control de tabaco, y por otro lado contraviene la postura que públicamente ha ido expresada por el ejecutivo federal”.

Miguel Malo, representante de la OPS/OMS en México dijo que no se debe perder de vista que “estamos hablando de productos que matan; el tabaco mata a más de un millón en la región, estamos hablando de más de 34 muertes por segundo”.

En la conferencia virtual, Implicaciones para el control de tabaco en Mexico de la Nueva Ley de Impuestos Generales de importación y exportación, añadió que se cuenta con “las soluciones basadas en las mejores evidencias científicas, las que están en el Convenio Marco de la OMS para control del Tabaco”.

Gámez indicó que de conformidad con la evidencia científica “se considera que los usuarios de algunas de estas tres categorías de dispositivos aumentan de dos a cuatro veces sus probabilidades de fumar tabaco combustible e incluso favorecer el consumo dual, es decir pasar de los productos de tabaco combustible a los sistemas electrónicos y viceversa”.

Destacó que ninguna de las variantes de dispositivos cuenta con autorización de la Secretaría de Salud (Ssa) “como productos de riesgo reducido, y mucho menos como alternativas para dejar de fumar, porque no hay nivel de consumo o nivel de exposición o dosis segura de tabaco o nicotina”.

Por ello llamó al senado para que “no ceda a la interferencia de la industria del tabaco, y sus asociados, quienes de manera sistemática tratan de obstaculizar el alcance de las políticas” en la materia.

Remarcó que “el presidente (Andrés Manuel López Obrador) ha sido enfático en privilegiar el derecho a la protección de la salud sobre cualquier interés comercial o corporativo privado y prohibir por razones de salud pública estas tres categorías en uso, conforme a las facultades que le confiere el artículo 131 constitucional”.

Además dijo que “la OMS ha considerado que estas tres categorías de dispositivos electrónicos son indudablemente dañinos, nocivos y ostentan externalidades negativas para la población cuyos riesgo podrían equipararse a los riesgos y daños del tabaco combustible”.

Recordó que la Ssa, a través de Cofepris y la Conadic emitieron de manera conjunta una alerta sanitaria en noviembre pasado para advertir sobre riesgos de estos productos en sus diferentes categorías.

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