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Comunidad nahua celebra fallo de SCJN sobre concesión minera

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Habitantes de la comunidad de Tecoltemi protestan frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México. Foto tomada del sitio de https://www.facebook.com/tiyattlali.sierranorte / Archivo
17 de febrero de 2022 15:18

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en el otorgamiento de dos concesiones mineras impugnadas en un amparo fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad nahua de Tecoltemi, en la sierra norte de Puebla, los afectados celebraron la sentencia, aunque lamentaron que no se reconoció la inconstitucionalidad de la ley minera.

“La decisión de la Corte respecto a las concesiones es sin duda un gran logro para Tecoltemi y resulta de suma relevancia, no sólo para ella sino para otras comunidades del municipio de Ixtacamaxtitlán y del resto del país”. Es la primera vez que la SCJN reconoce la violación al derecho a la consulta y al consentimiento tratándose de concesiones mineras, y que ordena su cancelación como consecuencia de dicha violación, precisaron.

La SCJN resolvió el miércoles el Amparo en Revisión 134/2021, conocido como el caso de la Comunidad Nahua y Ejido de Tecoltemi contra concesiones mineras y contra la Ley Minera, y se otorgó el amparo a la comunidad respecto de las concesiones mineras y ordenó que se cancelaran.

Ante ello Tecoltemi y la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, del Agua y de la Vida de la que forma parte, así como Fundar y el Consejo Tiyat Tlali, dijeron en un comunicado que esto es el reconocimiento de la violación a la consulta y al consentimiento de la comunidad.

En relación con la ley Minera, señalaron que la Corte no reconoció que viola el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas, “decidieron adoptar un criterio ya antes planteado en la SCJN: que la Ley Minera no se relaciona directamente con los intereses y derechos de los pueblos indígenas, pues su objeto es regular la actividad minera y no aspectos de la vida social, económica o política de tales comunidades”.

Esto fue a pesar de que, en el propio proyecto, al abordar lo relativo a las concesiones mineras, se reconoce que “el otorgamiento de títulos de concesiones mineras dentro del territorio de pueblos indígenas, sí genera afectaciones directas e inmediatas que impactan su autodeterminación, territorios y recursos naturales”, así como ha sido evidenciado en los últimos años con la lucha de diferentes comunidades quienes una a una han tenido que buscar justicia para defender sus territorios y su vida.

Precisaron que la Ministra Norma Lucía Piña Hernández estuvo en contra de negar el amparo respecto a los artículos de la Ley Minera, “anunciando que emitirá un voto particular respecto a ello, lo que significa que considera que el contenido de dichos artículos de la Ley sí podría ser inconstitucional e inconvencional”.

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