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Jorge Hank deberá pagar mil 187 millones de pesos, confirma TFJA

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Jorge Hank tendrá que pagar un crédito fiscal por mil 187 millones 319 mil pesos por omisiones de Impuesto Sobre la Renta, sobre producción y servicios, aprovechamientos, recargos y multas, correspondiente al ejercicio fiscal 2018. Foto Cuartoscuro / Archivo
19 de enero de 2022 16:02

Ciudad de México. El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que obliga al Hipódromo de Agua Caliente en Tijuana, propiedad de Jorge Hank, al pago de un crédito fiscal por mil 187 millones 319 mil pesos por omisiones de Impuesto Sobre la Renta (ISR), sobre producción y servicios, aprovechamientos, recargos y multas, correspondiente al ejercicio fiscal 2018.

Por mayoría de siete votos a favor y cuatro en contra, los magistrados aprobaron el proyecto del magistrado Carlos Chaurand Arzate quien declaró infundados los argumentos de los representes legales del hipódromo, que pretendían desvirtuar las causas que motivaron la determinación que lo obliga a pagar impuestos.

De acuerdo con el magistrado, en su momento se invitó al contribuyente acudir ante la autoridad fiscalizadora para conocer los hechos de omisiones detectados, con motivo de la revisión que se le practico. Dijo que la visita domiciliaria concluyó dentro del término del plazo de 12 meses establecido en el artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación y que la resolución determinante del crédito fiscal se emitió dentro del plazo de seis meses al que se refiere el artículo 50 del mismo ordenamiento legal.

A pesar de que el magistrado determinó como fundado el argumento del contribuyente en cuanto a que la autoridad emisora de la orden de visita carece de competencia para requerir información respecto al registro federal de contribuyentes, correo electrónico, teléfono móvil y/o fijo del representante legal, de los integrantes del consejo de administración o dirección del administrador único, puesto que no se trata de información contable de la contribuyentes, señaló que tal ilegalidad resulta insuficiente para declarar la nulidad del caso puesto que el requerimiento en cuestión no trasciende al sentido del acto originalmente recurrido.

“Los visitadores no incurrieron en la valoración de pruebas que la actora aduce efectuada, puesto que lo aceptado por los visitadores se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Fracción Cuarta del articulo 46 del Código Fiscal de la Federación, la hacer constar los hechos de omisiones conocidos durante el procedimiento de fiscalización, a fin de que el contribuyente tuviera en posibilidad de desvirtuar”.

No es la primera vez que las autoridades auditan este establecimiento. El año pasado, un grupo de 21 empleados del SAT inició una auditoría al Grupo Caliente, propiedad de Jorge Hank. En ese entonces, los auditores de la Secretaría de Hacienda acudieron al Hipódromo de Agua Caliente en Tijuana con la indicación de revisar la estancia legal de las máquinas de juego y las finanzas de 26 empresas de esa corporación.

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