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SAT modernizará el uso de la Carta Porte; desde 2022 será digital

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Oficinas del SAT en la capital del país. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
20 de diciembre de 2021 21:53

Ciudad de México. Con el fin de disminuir el contrabando, generar un mercado más justo, con un piso parejo para los empresarios que siempre han pagado sus impuestos y acabar con la competencia desleal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que habrá una modernización administrativa del uso del complemento Carta Porte, la cual será totalmente digital desde el 2022.

“Aquellos que actualmente realizan contrabando, ya no podrán hacerlo. Tendrán que pagar sus impuestos por el ingreso de mercancía. Esto generará un mercado más justo y piso parejo para los empresarios que siempre han pagado sus impuestos y acabará con la competencia desleal de quienes ingresan mercancías por medio del contrabando”, informó.

El SAT acudió este lunes a la Central de Abasto de la Ciudad de México para informar a los transportistas que el uso de complemento Carta Porte no es necesario cuando transportan bienes o mercancías con su vehículo dentro de su ciudad o localidad.

La Carta Porte registra información del transportista, del dueño de la mercancía, de los bienes o mercancías, del medio y modo de transporte; permite a las autoridades competentes identificar de manera más fácil a los operadores, así como los medios de transporte a través de los cuales se realiza el traslado de los bienes o mercancías en territorio nacional.

Además sirve para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en territorio nacional; se emite cuando se realiza el servicio de traslado de los bienes o mercancías, ya sea con medios propios o contratando un transportista.

El objetivo es que el uso del complemento Carta Porte disminuya el contrabando, además de que se tendrá trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país, dijo el SAT en un comunicado.

Es importante aclarar que el complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte.

Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales. Por otro lado, solo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.

 



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