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Limitan transporte de carga en carreteras por seguridad de vacacionistas

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En imagen de archivo, vacacionistas en la caseta de Tlalpan. Foto Alfredo Domínguez
19 de diciembre de 2021 14:29

Ciudad de México. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) restringe la circulación a transporte de carga de objetos indivisibles de gran peso o volumen y grúas industriales, con el fin de salvaguardar a los usuarios y sus familias que circulan por los caminos y puentes federales, cuyo flujo vehicular se incrementa con motivo de las fiestas decembrinas y por vacacionistas con destino a lugares turísticos

Esta restricción entró en vigor el pasado viernes 17 de diciembre y estará vigente hasta el domingo 2 de enero de 2022, como cada año en épocas decembrinas.

“Las medidas preventivas tienen como propósito limitar la circulación de las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso o volumen, a fin de fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal”, aseguró la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF).

Las carreteras se encuentran clasificadas como tipos ET4, ET2, A4, A2, B4, B2, C o D y de acuerdo a dicha clasificación por las características de construcción de las mismas, les está permitida la circulación a determinados tipos de vehículos.

Los horarios de operación que se aplican durante el periodo vacacional decembrino, están comprendidos de las 00:00 horas del 17 de diciembre de 2021, a las 23:59 horas del 2 de enero de 2022, de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.

Acotó que las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SICT, podrán transitar en el período antes señalado como sigue:

El 20, 21, 22, 27, 28 y 29 de diciembre de 2021 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

Los días 18, 23 y 30 de diciembre de 2021 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

Así como los días 17, 19, 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, así como el 1 y 2 de enero de 2022, deberán suspender totalmente su tránsito.

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