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TEPJF revierte resultados electorales de Coacalco

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El alcalde electo, Darwin Eslava. Foto de su cuenta de Facebook
16 de diciembre de 2021 21:15

Toluca, Méx. La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó hoy el triunfo del priista David Sánchez Isidoro en la elección de presidente municipal de Coacalco celebrada en junio pasado, y tras anular 13 casillas, se revirtió el resultado dando ahora la victoria a Darwin Eslava Gamiño postulado por la coalición Juntos Hacemos Historia.

A pesar de que Sánchez Isidoro ya había rendido protesta al cargo la semana pasada, será el morenista Darwin Eslava, quien encabece el municipio a partir del 1 de enero del próximo año, con lo que cumplirá su segundo periodo como alcalde de Coacalco.

La resolución que tomaron los magistrados de la Sala Regional fue dividida, pues 2 votaron por la anulación de las casillas y por declarar inelegible al priista, y uno voto en contra del proyecto,

La elección municipal de Coacalco fue de las más cerradas del pasado proceso electoral, pues la diferencia entre el primer y segundo lugar fue de menos un punto porcentual y de apenas 695 votos, pues el priista obtuvo 45 mil 921 sufragios por 45 mil 226 del morenista.

El Tribunal local solo anuló 14 casillas, pero esto no revirtió el triunfo del Sánchez Isidoro, pero ahora con 13 casillas más anuladas, si se modificaron los resultados dando el triunfo a Darwin Eslava.

Durante más de tres horas los magistrados de la Sala Regional del TEPJF debatieron sobre las anomalías que se presentaron en el desarrollo del proceso electoral. Gran parte el debate se centró en la elegibilidad del abanderado tricolor, pues se informó que el pasado 21 de junio, un juez de control condenó a Sánchez Isidoro a 3 años y 4 meses de prisión al encontrarlo responsable por el delito de desacato, pues en más de 12 ocasiones, cuando fue alcalde en el periodo 2012-2015, no atendió una resolución de un juzgado de amparo para pagar un laudo que data del 2009.

La pena de prisión fue conmutada por trabajo a favor de la sociedad durante 3 años y 4 meses. Este hecho, fue considerado por los magistrados Juan Carlos Silva Adaya y Marcela Fernández Domínguez, presidenta de la Sala Regional del TEPJF, como suficiente para determinar que el priista “no tenía un modo honesto de vivir” y no cumplía con el requisito de “probidad” que exige la ley para asumir un cargo como presidente municipal.

El magistrado Alejandro Avante no comulgó con estos argumentos pues dijo que el propio juez de control, le concedió beneficios a Sánchez Isidoro como el hecho de no suspender sus derechos políticos, por lo que no había razón para considerarlo inelegible.

Sobre las irregularidades que se registraron en la elección, se dijo que varios delegados municipales fungieron como funcionarios de casilla, lo cuales pudieron ejercer presión hacia los electores para votar a favor del PRI.

Alejandro Avante señaló que ese argumento tampoco era razonable, más aun cuando los delegados municipales fueron designados por un ayuntamiento emanado de Morena, y no habría cómo fundamentar que estos ejercieron presión para que votaran a favor del PRI.

El tercer argumento para revocar el triunfo del PRI fue que Morena no tuvo acceso a copias certificadas de las actas de escrutinio, a pesar de que las solicitó en tres ocasiones al Instituto Electoral del Estado de México y esto le vulneró el derecho a una buena defensa para promover sus impugnaciones.

El priista todavía tiene la instancia de la sala superior del TEPJF, quien tendrá hasta el 31 de diciembre para resolver.

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