Ciudad de México. El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica le negó la suspensión definitiva a Afore Azteca, que promovió un amparo contra el tope de comisiones aprobado en la reforma a la Ley del Sistema del Ahorro para el Retiro (SAR) y que para el 2022 será de 0.57 por ciento.
“Se niega la suspensión definitiva, respecto de los actos reclamados descritos en el considerando segundo, punto 2.1., 2.2., 2.3. y 2.4., por los motivos precisados en el considerando quinto de esta resolución.” señala el fallo del juez quien no publicó la resolución y motivos de la determinación.
En octubre de este año, La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) topará en 0.57 por ciento la comisión anual que las administradoras de fondos para el retiro (Afore) podrán cobrar a partir del siguiente año a sus clientes. Lo anterior quiere decir que en los siguientes meses las Afore deberán enviar al organismo regulador una propuesta que sea igual o menor a dicho tope, de forma que, a partir del primero de enero de 2022, ninguna de las 11 Afore que operan en el sistema cobre al año más de 0.57 pesos por cada 100 que administra del dinero pensionario de los trabajadores.
Incluso en ese entonces se publicó en el Diario Oficial de la Federación la fórmula que usará la Consar para calcular el tope a la pensión. Tal y como lo estableció la reforma al sistema de pensiones que entró en vigor a inicios de 2021, tiene como base el promedio que se cobra en mercados similares como Estados Unidos, Chile y Colombia.
Por esta razón, Afore Azteca promovió un amparo en noviembre, no obstante, el pasado 7 de diciembre, el juez Rodrigo de la Peza, titular del juzgado primero en competencia económica, le había concedido la suspensión provisional con efectos generales (es decir que aplicara a todas las afores) que por el momento frenaba la entrada la implementación de dicho tope.
Sin embargo, este jueves se publica en estrados del Poder Judicial de la Federación, que el impartidor de justicia determinó negarle al promovente la protección de la justicia federal.