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Inai reconoce fallo de SCJN sobre 'blindaje' de obras

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El Inai interpuso el pasado viernes una controversia constitucional contra el acuerdo presidencial publicado el 22 de noviembre que clasificó como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del gobierno federal. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
15 de diciembre de 2021 13:00

Para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) es un paso importante para la defensa de los derechos humanos que tutela el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya suspendido parcialmente el acuerdo que cataloga como de seguridad pública las obras y proyectos prioritarios del gobierno federal.

La medida cautelar, que únicamente tiene efectos contra la reserva de información pública, “es una señal alentadora que nos permite seguir trabajando para defender al ciudadano", aseguró este miércoles la comisionada presidenta del Instituto, Blanca Lilia Ibarra Cadena.

El Inai interpuso el viernes una controversia constitucional contra el acuerdo presidencial publicado el 22 de noviembre que clasificó como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del gobierno federal, y ayer la Suprema Corte suspendió parcialmente la aplicación del mismo en lo que toca acceso a la información. Con ello, se evitará que las instancias del gobierno federal clasifiquen de manera anticipada como reservada, por razones de seguridad nacional, la información pública sobre dichos proyectos.

El Inai, sostuvo Ibarra Cadena en un encuentro con periodistas, "ha mantenido siempre una posición congruente con la vocación de máxima publicidad que le otorga la Constitución y esta determinación le da la razón al Instituto".

El comisionado Francisco Javier Acuña consideró que la decisión de la Corte, que aún debe resolver el fondo de la controversia interpuesta por al INAI, es una saludable señal para la República.

La comisionada Josefina Román Vergara dijo que es muy importante también que la Corte haya admitido la controversia presentada por el Instituto y que con la suspensión se garantiza que hasta que se resuelva el proceso “este decreto no va a ser utilizado por ninguno de los sujetos obligados federales, que son más de 800, para reserva de la información por seguridad nacional o interés público, salvo que se lleve a cabo el procedimiento como lo establecen la Constitución, la Ley General de Transparencia y la Ley Federal de Transparencia”.

La comisionada Norma Julieta del Río celebró la suspensión, pues, dijo, evitará que a las instancias federales “les de cosquillas” reservar la información con base en el acuerdo presidencial.

El comisionado Oscar Guerra dijo que la decisión de la Corte no se debe manejar como que el INAI le ganó al Ejecutivo, pues este no es el objetivo de la controversia. “Creo que es muy claro que en este país y en muchos otros hay instituciones que sirven para dirimir diferencias o interpretaciones” y esto es lo que busca el INAI al solicitar la intervención de la Corte.

El comisionado Adrián Alcalà manifestó que una democracia los mecanismos como las controversias constitucionales existen y están para ser utilizados, por lo que la interpuesta por el INAI “no significa una afrenta, sino simple y sencillamente hicimos valer lo que la Constitución nos establece y con ello el INAI refrenda su compromiso con la independencia, la autonomìa y la imparcialidad”.

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