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Difunden fallo de la Corte que ordena al INE realizar revocación

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Recolección de firmas para la consulta de revocación de mandato al presidente Andrés Manuel López Obrador, sobre la plancha del Zócalo capitalino, el 21 de noviembre de 2021. Foto Marco Peláez
15 de diciembre de 2021 14:38

Ciudad de México. El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá publicó su resolución sobre la solicitud de suspensión del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del recorte a su presupuesto y la obligación de ajustar su gasto para poder realizar la revocación de mandato.

En el documento se advierte que dicho ejercicio democrático debe realizarse o de lo contrario podrían proceder “sanciones administrativas, penales o diversa índole”.

Se precisa que el INE reclama la reducción de 4 mil 913 millones de su presupuesto, los que en buena parte estarían destinados para realizar el eventual ejercicio de revocación de mandato.

El órgano electoral pidió también que se le otorgara la medida cautelar para proteger a sus funcionarios de cualquier posible sanción por no llevar a cabo la revocación. Sin embargo, el ministro González le responde que “todos estos ajustes, como las posibles sanciones, se tratan de hechos futuros de realización incierta”, por lo que negó otorgar la suspensión.

Explica que este ejercicio democrático se compone de varias etapas, y que actualmente se encuentra en la inicial, que es la recolección de firmas de apoyo, por lo que aún falta presentar la solicitud formal y después la emisión de la convocatoria.

Por ello, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sólo otorgó la suspensión para evitar que el recorte en el presupuesto del INE impacte en el tabulador salarial de sus consejeros y altos funcionarios, pero lo negó en cuando a la obligación de detener el proceso para la revocación de mandato.

“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo. Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, así como que se exima al Instituto y a su personal de las sanciones administrativas, penales o de diversa índole a que hubiera lugar”, señala el acuerdo.

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